sábado, 4 de diciembre de 2010

Tabasco / Debe Javier May recurrir a amparo para dejar sin efecto cualquier acción legal en su contra / Dic 04

Debe Javier May recurrir a amparo para dejar sin efecto cualquier acción legal en su contra

Publicado en el Diario La Verdad del Sureste / J. MARTIN PRETELIN

VILLAHERMOSA, TABASCO, 3 DE DICIEMBRE DE 2010.- El oficial mayor del Congreso, Remedio Gómez Cerino, dijo que una vez que la cuenta pública de Comalcalco no fue aprobada, corresponde al Órgano Superior de Fiscalización del Estado (OSFE) presentar la demanda penal en contra de quién o quiénes resulten responsables por las “irregularidades” que se anotaron en el dictamen.

En entrevista, el funcionario legislativo señaló que una vez que se publique el decreto en el Periódico Oficial de Tabasco, en un plazo de diez días hábiles, el fiscal superior, Francisco Rullán Silva, deberá actuar en consecuencia.

No obstante, reconoció que si el ex edil de Comalcalco, Javier May Rodríguez, recurre a los tribunales y éstos le otorgan el amparo, queda sin efecto cualquier acción legal en su contra, aunque el proceso sigue su marcha hasta que se llegue al fondo del asunto.

Gómez Cerino no pudo precisar el monto “específico” de las supuestas irregularidades cometidas por la administración perredista, e indicó que depende del resultado de la averiguación previa que se abra, una vez que se proceda por la vía penal, se determinará si se ejercerá acción penal o no en contra de los que resulten involucrados en las acusaciones que les hace el OSFE.

“El Congreso ordena al OSFE que presente la denuncia, la querella, que aporte las pruebas, ya la autoridad ministerial, o judicial en su caso, determinará si hay delito o no y las sanciones que correspondan”, agregó el oficial mayor.

Aseveró que la resolución que “emitió” el Congreso, esto es la mayoría del PRI y sus aliados, “estuvo apegada a derecho” y que “difícilmente” puede ser combatida en los tribunales.

.-¿En caso de que se promoviera un recurso ante la autoridad federal, se podría detener la demanda penal en contra del ex alcalde? Se le preguntó al oficial mayor, a lo que respondió:

.- Si se otorgara la suspensión en un amparo, por ejemplo, si es pare ese efecto, sí se suspende, pero si no se continúa, porque es un procedimiento de orden público que no se puede suspender. Es decir, se otorga la suspensión, pero el procedimiento sigue.

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