Foto: El Heraldo de Tabasco
14 de junio de 2012
Fernando Hernández
En las 21 nominaciones propietarias no existe proporcionalidad de género, ya que 18 candidaturas titulares para diputaciones locales fueron asignadas a varones, mientras sólo tres correspondieron a mujeres.
En el distrito VIII de Centro, Rosa Beatriz Luque Greene; en el XII de Comalcalco, Patricia Cortés Aranda y en el XIII con sede también en Comalcalco, Norma Pérez Córdova.
El resolutivo señala:
"Se ordena a la coalición "Compromiso por Tabasco" y en particular al Partido Revolucionario Institucional, ajuste sus plazos que establecen sus normas internas, a fin de que más tardar dentro de los seis días siguientes al que se le notifique sentencia, determine sus candidaturas y designe las que sean necesarias para cumplir la cuota de género establecida en el artículo 217 de la Ley Electoral local".
TIENEN QUE APARECER EN LAS BOLETAS ELECTORALES LAS MODIFICACIONES
La sentencia señala que una vez que se aprueben las candidaturas y que el IEPCT verifique que los aspirantes cumplen con los requisitos de elegibilidad, deberá ordenar que el cambio se refleje en las boletas electorales, difundirlos ampliamente por los medios de la ley, así como los que estime pertinente a fin de que los ciudadanos conozcan e identifiquen plenamente al candidato postulado y verificar que los candidatos sustituidos cesen sus actos de campaña.
El resolutivo en el caso de Pedro Estrada y Francisco Herrera señala:
"Se revoca el nombramiento de Pedro Antonio Estrada Almeida y se declara la inelegibilidad de Francisco Herrera León, como candidatos a diputados propietarios por el principio de representación proporcional en la primera y tercera posición respectivamente de la lista de la segunda circunscripción plurinominal, postulado por el Partido Revolucionario Institucional en Tabasco".
SECRETARIA DE ORGANIZACION, AVALO SUPUESTA MILITANCIA DE PEDRO ESTRADA
En el caso de Estrada Almeida, los magistrados de la Sala Regional del TEPJF de Xalapa, detectaron que la Secretaría de Organización a cargo de Mario Llergo Latourneri, emitió un documento falso en donde lo acreditaba como militante del PRI, con la clara intención de tratar de engañar a los órganos electorales.
Sarracino Acuña, aportó documentos del propio Partido Nueva Alianza y del instituto, donde consta la afiliación de Pedro Estrada en este último instituto y su cargo en el Consejo Nacional, lo cual incluso se trata de información pública que consta en la página de internet del Instituto Federal Electoral.
En lo referente a Herrera León, su candidatura le fue cancelada, ya que solicitó licencia al cargo de senador hasta el 6 de mayo del presente año, cuando debió hacerlo 60 días antes.
EN RIESGO CANDIDATURA DE PILAR CORDOVA
En cuanto al líder petrolero y actual diputado federal Pilar Córdova Hernández, no procedió la impugnación que presento Félix Eladio Sarracino Acuña en su contra, debido a que se encuentra en la primera circunscripción y no en la segunda donde el dirigente de la CNOP fue postulado como candidato a diputado plurinominal.
Sin embargo, de haber una impugnación de quienes integran la primera circunscripción podría ser cancelada su candidatura .
La sentencia vincula al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional para que dentro de los cinco días siguientes al que se notifique este fallo, realice las acciones descritas en el considerando quinto de la resolución.
El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional deberá informar a la Sala sobre su cumplimiento, dentro de las 24 horas siguientes.
Se vincula al Consejo Estatal del Instituto Electoral del Participación Ciudadana de Tabasco, para que apruebe la nueva solicitud de registro, previa verificación de los requisitos de elegibilidad y legales correspondientes, así como vigilar el cumplimiento de los porcentajes relacionados con la cuota de género a que se refiere el Artículo 217 de la Ley Electoral del Estado de Tabasco.
CANCELAN CANDIDATURA DE ALIPIO OVANDO
Durante la sesión de ayer, la Sala Regional cancelo la candidatura del perredista Alipio Ovando Magaña, ante el juicio ciudadano 1117 promovido por Anicasio Ovando Magaña, en contra de su designación como candidato de la diputación local por el 12 Distrito Electoral con cabecera en Comalcalco, dada por la Comisión Coordinadora Estatal de la coalición Movimiento Progresista por Tabasco. Detalla que para las candidaturas a diputados locales por el principio de mayoría relativa, los partidos políticos e integrantes de la coalición tomarían en consideración los resultados de las mediciones de opinión pública que se acordaran.
Se señala que Alipio Ovando Magaña, no fue registrado como precandidato a la diputación, sino a una presidencia municipal.
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