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Exhiben al titular del COBATAB, Jaime Mier y Terán Suárez, y si es que tenía aspiraciones políticas para algo y si existiera algún partido político de relevancia que quisiera tirar por la borda el poco prestigio que electoralmente le queda a estos en la Entidad 27, pues las perdió completamente, luego de que la administración Núñez sanciona y destituye de su encomienda por licitaciones en compra de Laps Tops, a tres funcionarios de este sub sistema educativo.
Lo que la población tabasqueña celebra y bien en el sentido de que el Gobierno de Tabasco proceda de tal manera en el ámbito de la honestidad y transparencia administrativa, pero a la vez no le queda claro el que solape y no sancione al titular de esta institución educativa, sin fincarle responsabilidades al titular del COBATAB en el mismo sentido, o a quién o quienes dieron a esos tres ya hoy exfuncionarios estatales dicha encomienda.
Exhiben al titular del COBATAB, Jaime Mier y Terán Suárez, y si es que tenía aspiraciones políticas para algo y si existiera algún partido político de relevancia que quisiera tirar por la borda el poco prestigio que electoralmente le queda a estos en la Entidad 27, pues las perdió completamente, luego de que la administración Núñez sanciona y destituye de su encomienda por licitaciones en compra de Laps Tops, a tres funcionarios de este sub sistema educativo.
Lo que la población tabasqueña celebra y bien en el sentido de que el Gobierno de Tabasco proceda de tal manera en el ámbito de la honestidad y transparencia administrativa, pero a la vez no le queda claro el que solape y no sancione al titular de esta institución educativa, sin fincarle responsabilidades al titular del COBATAB en el mismo sentido, o a quién o quienes dieron a esos tres ya hoy exfuncionarios estatales dicha encomienda.
El comunicado de la SECOTAB a la letra dice:
Que se expide en relación al procedimiento administrativo número D-219/2014, iniciado en fecha tres de octubre de 2014, en contra del director Administrativo, la jefa del Departamento de Adquisiciones y el jefe del Departamento de Sistemas, adscritos a la Dirección General del Colegio de Bachilleres de Tabasco (Cobatab), al haber infringido lo dispuesto en los artículos 47 fracciones I y XXI de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado en vigor y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado de Tabasco, a virtud de la denuncia que de oficio se realizó por esta Secretaría, al advertir irregularidades dentro del procedimiento de Licitación Pública Estatal 56081001-004-14, para la adquisición de 10 mil tabletas digitales para alumnos del Cobatab.
Siendo la conducta desplegada por los servidores públicos en cuestión, la de los dos primeros, como Presidente y Secretaria del Subcomité de Compras del Cobatab, no haber observado las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado de Tabasco, dentro del procedimiento de licitación señalado; en tanto, el jefe de Departamento de Sistemas se encuentra acreditado que asentó en un documento público (dictamen técnico) una información falsa dentro de un procedimiento de licitación para adquisición de bienes informáticos. Conductas con las que evidentemente no cumplieron con las obligaciones de legalidad, honradez, lealtad e imparcialidad que como servidores públicos tenían la obligación de observar y acatar.
Por lo que en fecha 10 de febrero de 2015, la Dirección de Responsabilidades Administrativas de esta Secretaría de Contraloría dictó resolución definitiva en la que se determinó fincar responsabilidades administrativas a los funcionarios del Cobatab antes señalados, imponiéndoseles a cada uno de ellos la sanción considerada en el numeral 53 fracción IV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, relativa a la DESTITUCIÓN DE LOS CARGOS de director Administrativo, jefa del Departamento de Adquisiciones y jefe del Departamento de Sistemas, adscritos a la Dirección General del Cobatab, y sanción económica por la cantidad de ONCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 60/100 M.N ($ 11, 478.60) a cada uno de los funcionarios sancionados, que deberán de pagar por concepto de daños y perjuicios.
Resolución que fue debidamente notificada al director general del Cobatab y a los servidores públicos sancionados el día 12 de febrero del presente año, respectivamente.
Que se expide en relación al procedimiento administrativo número D-219/2014, iniciado en fecha tres de octubre de 2014, en contra del director Administrativo, la jefa del Departamento de Adquisiciones y el jefe del Departamento de Sistemas, adscritos a la Dirección General del Colegio de Bachilleres de Tabasco (Cobatab), al haber infringido lo dispuesto en los artículos 47 fracciones I y XXI de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado en vigor y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado de Tabasco, a virtud de la denuncia que de oficio se realizó por esta Secretaría, al advertir irregularidades dentro del procedimiento de Licitación Pública Estatal 56081001-004-14, para la adquisición de 10 mil tabletas digitales para alumnos del Cobatab.
Siendo la conducta desplegada por los servidores públicos en cuestión, la de los dos primeros, como Presidente y Secretaria del Subcomité de Compras del Cobatab, no haber observado las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado de Tabasco, dentro del procedimiento de licitación señalado; en tanto, el jefe de Departamento de Sistemas se encuentra acreditado que asentó en un documento público (dictamen técnico) una información falsa dentro de un procedimiento de licitación para adquisición de bienes informáticos. Conductas con las que evidentemente no cumplieron con las obligaciones de legalidad, honradez, lealtad e imparcialidad que como servidores públicos tenían la obligación de observar y acatar.
Por lo que en fecha 10 de febrero de 2015, la Dirección de Responsabilidades Administrativas de esta Secretaría de Contraloría dictó resolución definitiva en la que se determinó fincar responsabilidades administrativas a los funcionarios del Cobatab antes señalados, imponiéndoseles a cada uno de ellos la sanción considerada en el numeral 53 fracción IV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, relativa a la DESTITUCIÓN DE LOS CARGOS de director Administrativo, jefa del Departamento de Adquisiciones y jefe del Departamento de Sistemas, adscritos a la Dirección General del Cobatab, y sanción económica por la cantidad de ONCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 60/100 M.N ($ 11, 478.60) a cada uno de los funcionarios sancionados, que deberán de pagar por concepto de daños y perjuicios.
Resolución que fue debidamente notificada al director general del Cobatab y a los servidores públicos sancionados el día 12 de febrero del presente año, respectivamente.
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