martes, 24 de noviembre de 2015

Tabasco / Nadie puede ir a la cárcel por deudas mercantiles: abogados / Mar Nov 24

Nadie puede ir a la cárcel por deudas mercantiles: abogados

Lorena Del C. Hernández / Publicado en el Diario de Tabasco / 

24/11/201506:00:00
Tras suicidio de madre sin dinero, financieras e instituciones de crédito no pueden exigir pagos con acosos psicológicos y traumáticos

“Nadie puede ser encarcelado por deudas de carácter puramente mercantil”, aclararon los abogados de la mesa “Por Tabasco Unidos en lo Esencial”.

Ante una amenaza latente que envuelve a miles de familias tabasqueñas, los abogados: Pedro García Falcón, Javier Ramos Martínez y Sergio Antonio Reyes retoman un acontecimiento que lacera a la sociedad tabasqueña.

No se observaba desde cuando la época de los barzonistas encadenaron el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), cuando ganaderos y padres de familia se suicidaron ante embargos de la banca mexicana.

Esto ante los hechos lamentables del 21 de noviembre de 2015 los tabasqueños despertamos con una lamentable noticia: el suicidio de una humilde mujer que además ultimó a su menor hijo, siendo la causa de la tragedia deuda contraída de impagable para ella (dejó carta póstuma argumentando su deuda).

Los litigantes señalan que ante estos hechos no pueden permanecer impasibles, pues de ninguna manera es justificable que sean los grupos más vulnerables económicamente quienes sufran las consecuencias de “estrategias mercantiles que se promueven bajo la falsa propaganda de facilidades de crédito, siendo realmente la contratación de deudas en condiciones leoninas”, agregan que traen como resultado la insolvencia y ante la falta de orientación jurídica hay quienes no encuentran la salida a este moderno sistema de enganchamiento.

Los integrantes de la mesa “Por Tabasco Unidos en lo Esencial” confirman que “es del conocimiento general que por la terrible situación económica del país y del Estado, día a día se deteriora el poder adquisitivo y muchas familias recurren a los préstamos que sin verificación de la capacidad de pago y sin garantías pero con elevadísimos intereses proporcionan las financieras e instituciones de crédito; y con la situación económica en vez de mejorar se complica. Los acreditados, por lo regular madres de familia, no cubren los abonos programados, caen en cartera vencida, se encuentran en el dilema de pagar sus adeudos o dejar de alimentar a sus hijos, y es aquí cuando se enfrentan a sus peores pesadillas e inician sus viacrucis”.

JAURÍAS DE COBRANZAS SON ILEGALES

Los jurisconsultas denuncian que “los acreedores lanzan jaurías de cobradores que inician requerimientos extrajudiciales extralimitados en las formas de cobro (a todas horas, en cualquier día, por teléfonos y mensajes de texto); añaden que después a través de despachos jurídicos de cobranza que realizan auténticos acosos psicológicos-traumáticos, realizando incluso visitas domiciliarias, llamando las 24 horas del día con palabras intimidantes, grotescas, sin importar que sean menores de edad quienes atiendan las llamadas, enviando cartas con amenazas de falsas órdenes de aprehensión con el subterfugio que al dejar de pagar el deudor se convierte automáticamente en defraudador, por lo que lanzan advertencia de falsos embargos e incluso la rotura de candados y de cerraduras si se oponen a éstos, y con ultimátum que serán encarcelados y que sus bienes serán rematados al mejor postor”.

Ante este escenario los integrantes de la mesa de trabajo “Por Tabasco Unidos en lo Esencial” lanzan a los tabasqueños a que estén bien enterados de que si “se encuentran en tan traumática situación para decirles que es absolutamente ilegal que las financiera e instituciones de crédito puedan realizar las persecuciones físicas y psicológicas que vienen realizando”, ya que la Constitución en su Artículo 16 establece que “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento, no podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito”, subrayan los abogados que esto quiere decir que “todas las amenazas que les realicen vía telefónica o por escrito donde les intimiden, señalando que hay fechas de embargo, que si se oponen a ello serán arrestados, que al no pagar cometen el delito de fraude y que les han librado órdenes de aprehensión. Esto es totalmente falso ya que los adeudos por créditos otorgados de ninguna manera configuran el delito de fraude.

Concluye su advertencia a la ciudadanía, los integrantes de la mesa de trabajo “Por Tabasco Unidos en lo Esencial”, que es legítimo que las financieras e instituciones de crédito recuperen sus adeudos, pero para ello tienen que hacerlo por las vías competentes y no pueden hacer justicia por propia mano ni mucho menos ejercer violencia, pues esto es violatorio del Artículo 17 Constitucional. “Ninguna persona podrá ejercer justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho; tiene derecho que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes”.

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