No pueden las parejas del mismo sexo registrar hijos
Joaquín Pérez Tosca, Jefe del departamento de Revisión.
El Heraldo de Tabasco
27 de septiembre de 2015
Publicado en el Diario El Heraldo de Tabasco
Ruth Pérez Magaña
Villahermosa, Tabasco.- En severos aprietos se ve la Dirección General del Registro Civil en los casos de "Madres Subrogadas", al ser Tabasco la única entidad en México en que parejas sin importar el sexo pueden contratar los servicios de vientre subrogado, pero están impedidos registrar a sus hijos parejas del mismo sexo.
Al menos uno o dos casos por mes, esta dirección emite actas de nacimientos de menores tabasqueños de padres que contrataron a madres sustitutas.
Joaquín Pérez Tosca, jefe del departamento de Revisión de la dependencia informó que quien contrate los servicios de una madre gestante sustituta debe ser parejas entre personas de sexos opuestos, porque personas del mismo sexo no se pueden registrar a sus hijos con sus apellidos.
"Cualquier pareja puede buscar este servicio para lo cual deben presentar una serie de requisitos como actas de matrimonios, y para no tener problemas deben ser parejas de matrimonios heterosexuales o padres o madres solteras", indicó.
En el artículo 92 del código Civil en el estado señala que en el contrato de madre sustituta cuando son personas del mismo sexo no hay figura de Padre A y Padre B ò Madre A y Madre B por tanto en estos casos el contrato debe firmarlo una sola persona.
Y que en año 2007 se reformó el artículo que da la oportunidad a los matrimonios mexicanos o extranjeros que no pueden tener hijos contratar este servicio, artículo que a decir del funcionario está incompleto.
"Les faltan especificaciones y restricciones para quienes no pueden contratar este servicio como son las personas solteras, padres o madres del mismo género y no reza absolutamente nada ese artículo y mientras no se reforme el código civil seguirá habiendo complicaciones", refirió.
Villahermosa, Tabasco.- En severos aprietos se ve la Dirección General del Registro Civil en los casos de "Madres Subrogadas", al ser Tabasco la única entidad en México en que parejas sin importar el sexo pueden contratar los servicios de vientre subrogado, pero están impedidos registrar a sus hijos parejas del mismo sexo.
Al menos uno o dos casos por mes, esta dirección emite actas de nacimientos de menores tabasqueños de padres que contrataron a madres sustitutas.
Joaquín Pérez Tosca, jefe del departamento de Revisión de la dependencia informó que quien contrate los servicios de una madre gestante sustituta debe ser parejas entre personas de sexos opuestos, porque personas del mismo sexo no se pueden registrar a sus hijos con sus apellidos.
"Cualquier pareja puede buscar este servicio para lo cual deben presentar una serie de requisitos como actas de matrimonios, y para no tener problemas deben ser parejas de matrimonios heterosexuales o padres o madres solteras", indicó.
En el artículo 92 del código Civil en el estado señala que en el contrato de madre sustituta cuando son personas del mismo sexo no hay figura de Padre A y Padre B ò Madre A y Madre B por tanto en estos casos el contrato debe firmarlo una sola persona.
Y que en año 2007 se reformó el artículo que da la oportunidad a los matrimonios mexicanos o extranjeros que no pueden tener hijos contratar este servicio, artículo que a decir del funcionario está incompleto.
"Les faltan especificaciones y restricciones para quienes no pueden contratar este servicio como son las personas solteras, padres o madres del mismo género y no reza absolutamente nada ese artículo y mientras no se reforme el código civil seguirá habiendo complicaciones", refirió.
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