lunes, 7 de julio de 2014

Tabasco / Es lamentable que las elecciones se judicialicen: Rosalinda López / Lu Julio 07

Es lamentable que las elecciones se judicialicen: Rosalinda López
La diputada del Partido de la Revolución Democrática, Rosalinda López Hernández. (Foto: Felipe Pérez/El Heraldo de Tabasco)
El Heraldo de Tabasco
7 de julio de 2014
Publicado en el Diario El Heraldo de Tabasco

Fernando Hernández

Villahermosa, Tabasco.- La diputada del Partido de la Revolución Democrática, Rosalinda López Hernández, afirmó que para echar abajo la aprobación del Decreto de la reforma político electoral aprobada la semana pasada en el Congreso local, se puede hacer mediante la acción de inconstitucionalidad, revisión constitucional vía Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o se pueda dar mediante un Juicio de protección de los derechos ciudadanos.

Las fracciones parlamentarias del PRI y Panal anunciaron que acudirán ante los tribunales federales, e incluso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para interponer un recurso de inconstitucionalidad al Decreto.

Señaló que existen diferentes vías en materia jurídica electoral, mismas que se pueden presentar en diversos plazos, porque el requisito fundamental para las próximas elecciones es que exista equidad en la contienda para todos.

Lamentó que el proceso electoral que arrancará en el mes de octubre puede iniciar con un proceso judicial en los tribunales electorales federales o en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La principal molestia de los diputados del PRI y Panal es la inclusión de las candidaturas ciudadanas, ya que afirman se diseñó para beneficiar al Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y al Partido de la Revolución Democrática (PRD). La polémica se centra en el artículo 93, Fracción II, que señala:

En el caso de coalición parcial, se podrán registrar candidatos comunes hasta en un treinta por ciento de los distritos o municipios en que no exista coalición y, en el caso de coaliciones flexibles, los partidos podrán registrar hasta un cuarenta por ciento de candidatos comunes en los distritos o municipios donde no haya coalición.

La diputada López Hernández señala que si se atiende que la coalición parcial se refiere a la postulación de candidatos en por lo menos el 50% de las candidaturas, y en las flexibles hasta el 25%, en este artículo se limita a las candidaturas comunes, lo sugerible es que no exista este limitante y puedan realizarse los registros de candidatos comunes hasta el porcentaje restante de candidaturas que no hayan sido registradas por las modalidades de coalición antes citadas.

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