jueves, 3 de enero de 2013

Tabasco / Se violó normatividad en Secretaría de Salud en la anterior administración: Gobierno del Estado / Ene 03

Se violó normatividad en Secretaría de Salud de la anterior administración: Gobierno del Estado

* Violación clara y directa de la Ley de Adquisiciones causa destitución de tres directores de hospitales

* Pero no hubo desvío de recursos ni se cometió daño patrimonial

En comunicado de prensa, la administración Núñez da a conocer que en congruencia con los principios de legalidad, transparencia y rendición de cuentas que rigen la nueva vida pública de Tabasco, el Gobierno del Estado asume con decisión el compromiso de informar a la opinión pública sobre actos relacionados con la crisis financiera y administrativa que enfrenta el Sector Salud:

1.- El Gobierno del Estado da a conocer que “por violación clara y directa de la Ley de Adquisiciones” se procedió a la destitución de Humberto Azuara Forcelledo, director del Hospital de Alta Especialidad “Juan Graham Casasús”; Luis A. Ojeda Jiménez, director del Hospital “Gustavo A. Rovirosa”, y Gonzalo Neme Díaz, director del Hospital del Niño “Rodolfo Nieto Padrón”.

2.- Lo anterior, de acuerdo con el expediente D-060/2012 emitido el día 31 de diciembre de 2012 por la Dirección de Responsabilidades Administrativas de la Secretaría de Contraloría, y conocido por el secretario de Salud, doctor Ezequiel Toledo Ocampo el Primero de Enero del año en curso.

3.- Los tres ex directores de los hospitales referidos incurrieron en irregularidades en los procesos de adquisición de insumos y servicios, acciones que conllevaron a un adeudo con proveedores que rebasa los 221 millones de pesos.

4.- Conforme a las auditorías aplicadas por la instancia correspondiente, en la adquisición de insumos y servicios los ex directores de las referidas instituciones hospitalarias quebrantaron lineamientos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado, e hicieron compras sin que estuvieran soportadas con un techo presupuestal.

5.- La resolución establece que las operaciones se efectuaron sin apegarse a los procesos correspondientes, toda vez que se asignaron bajo la denominación “de compra directa”, lo que es contrario a lo que establece la norma en la materia.

6.- Los adeudos por insumos en el Hospital de Alta Especialidad “Juan Graham Casasús” ascienden a 72 millones 425 mil 439 pesos; en el Hospital “Gustavo A. Rovirosa” suman 83 millones 743 mil 7 pesos, y en el Hospital del Niño “Rodolfo Nieto Padrón” la deuda es de 64 millones 922 mil 927 pesos.

7.- La determinación de la Dirección de Responsabilidades Administrativas de la Secretaría de Contraloría establece que “si bien no hubo desvío de recursos ni se cometió daño patrimonial”, sí se violó la normatividad correspondiente.

8.- Sin embargo, independientemente de que exista justificación de la actuación desplegada, no pasa inadvertida la transgresión directa al artículo 4 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, “ya que si bien obraron por una causa incluso establecida en la Constitución Federal en su numeral 4, la normatividad exige que las conductas de los servidores públicos se ajusten a las Leyes en la materia”.

9.- Ante estos actos, el Gobierno del Estado reitera su compromiso con la legalidad y pone de manifiesto su firme interés de resolver la situación adversa que atraviesa el Sector Salud.

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