Los diputados y sus funciones
Preocupa ver el
actuar de varios diputados; tanto
locales como federales. Pareciera que desconocen la responsabilidad que implica
ostentar ese cargo. En verdad, son de dar pena, muchos de ellos. Las propuestas
que están haciendo los actuales diputados locales; especialmente los
tricolores, obligan hacer una reflexión.
En una ocasión,
que en una mesa de periodistas se analizaba el actuar del congreso local;
exponíamos que de preferencia los diputados deberían ser individuos con
conocimientos de las leyes. No obligadamente abogados; pero si con nivel
académico y algún curso de leyes, para
que se les facilitará la comprensión y
el entendimiento de las leyes.
Si bien es
cierto que la Constitución, no dice que
se deba ostentar título alguno, sólo pide ser ciudadano mexicano, tener 21
años, no ser militar, o secretario o subsecretario de dependencia pública; no
ministro religioso y no estar comprendido en las incapacidades que señala
artículo 59, de la carta magna. No debe
perderse de vista que nuestra Carta Magna, data de 1917.
Es comprensible
que cuando la Constitución que nos rige, se elaboró, las condiciones del país
eran otras totalmente distintas. Tan es así, que para adecuarla a la realidad
en que vivimos, se le han realizado, cientos de reformas.
Lo más
incomprensible, es que se han reformado
artículos constitucionales para favorecer a personajes políticos- como el caso
de que los hijos de extranjeros ya puedan ocupar cargos de elección popular;
caso Vicente Fox-, o bien a segmentos
sociales como el clero católico. Y no se
han realizado reformas que realmente
beneficien a las mayorías.
Ante esta gran
confusión que se ha formado entre la población y algunos diputados y el desconocimiento de otros, es
que transcribimos las definiciones
encontradas en esa herramienta maravillosa,
que es la Internet.
DIPUTADO:
La palabra
diputado viene del latín “deputare, deputatus”, que significa arbitrar. Es una
persona electa mediante el sufragio popular para representar a la sociedad en
una Asamblea Legislativa. Hay dos formas de elegir a los diputados: por mayoría
relativa y por representación proporcional. Los primeros son elegidos de manera
directa por el mayor número de votos en las elecciones; y los segundos son
elegidos de acuerdo a la proporción de votos que haya tenido su partido
político. Ambos poseen los mismos derechos y obligaciones. La Cámara se renueva
cada tres años, no existe reelección. La legislatura asume un número
consecutivo romano
Funciones: Las
principales funciones de un diputado son
discutir y aprobar leyes y vigilar las actividades del Ejecutivo y en ocasiones convertirse en gestores de las
soluciones de los problemas que aquejan a los habitantes del distrito que
representan.
Conclusión: Los
diputados integran el Poder Legislativo.
O, sea, que los legisladores tienen una gran responsabilidad para con los
ciudadanos. Un compromiso que
obligadamente tienen que cumplir con
eficiencia y honestidad.
PIQUETITO.- El
día de ayer cumplió un año más de vida,
ese ser maravilloso que es
Carlos Fernando Osorio Contreras. ¡Felicidades!!!!,
querido sobrino.
Comentarios al correo:
osoriobroca@yahoo.com.mx
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