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Publicado en Grupo Fórmula / 27 de Julio, 2012
Debido a que Andrés Manuel López Obrador propuso la
creación de un presidente interino en México, Raúl Carrancá comentó que es una
opción viable contemplada en la Constitución de México y, por lo tanto, no se
violentaría a las instituciones del país.
El especialista en derecho constitucionalista,
Raúl Carrancá y Rivas, destacó que al estar establecido en la Constitución de
México la posibilidad de una figura presidencial en su carácter de interino, no
se violenta a las instituciones.
En entrevista para el espacio noticioso de Contraportada, con Carlos Loret de Mola, enfatizó que el planteamiento del candidato a la Presidencia de México por el Movimiento Progresista, Andrés Manuel López Obrador, de la posibilidad de un presidente interino, no atenta contra las instituciones del país, pues está establecido en la Constitución de México.
"Si está establecido en la Constitución, yo considero que ya no es un ataque a las instituciones, sino se hace referencia a algo posible, algo que contempla el texto constitucional. El artículo 85 dice claramente que si al comenzar un periodo constitucional no se presenta el presidente electo, en caso de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declara inválida la elección", comentó Carrancá y Rivas.
De tal forma, comentó que si el próximo 1 de diciembre no hay se presenta el presidente electo por invalidez de la elección, cesará el presidente en funciones, por lo que será el Congreso de la Unión quien convoque a la elección de un presidente constitucional.
"Evidentemente la figura de un presidente interino está contemplado para un presidente interino, la otra es si el país está preparado", hizo hincapié Raúl Carrancá, quien, además, dijo que tiene la certeza de que el país no se encontraba listo para vivir una justa electoral como la que está enfrentando.
Es así recalcó que México cuenta con el fórmula constitucional que sí permite un interinato, por lo que las declaraciones de López Obrador sí se encuentran fundamentadas.
Entre la fecha de que el Congreso convocara elecciones y en su realización, debería realizarse en un plazo no menor de 14 meses y no mayor a 18 meses, de tal forma que se tendría un presidente interino.
"Faltaría, para que esta idea cuajara, hacer una reforma constitucional, pues en México no tenemos la segunda vuelta, sería importante tenerla igual que la figura similar a la de un vicepresidente, estableciendo quién se encargaría de la titularidad del Poder Ejecutivo", dijo el especialista en abogado constitucional.
Por otro lado, comentó que en caso de que fuera la figura del titular de la Secretaría de Gobernación, atraería aspectos conflictivos, esto debido a que formaría parte del gabinete del gobierno saliente, por lo que lo mejor sería recurrir a la segunda vuelta.
Por otro lado, comentó que la decisión que tome el TEPJF deberá ser acatada en su totalidad, esto para evitar cualquier tipo de conflicto en la sociedad mexicana.
erch
En entrevista para el espacio noticioso de Contraportada, con Carlos Loret de Mola, enfatizó que el planteamiento del candidato a la Presidencia de México por el Movimiento Progresista, Andrés Manuel López Obrador, de la posibilidad de un presidente interino, no atenta contra las instituciones del país, pues está establecido en la Constitución de México.
"Si está establecido en la Constitución, yo considero que ya no es un ataque a las instituciones, sino se hace referencia a algo posible, algo que contempla el texto constitucional. El artículo 85 dice claramente que si al comenzar un periodo constitucional no se presenta el presidente electo, en caso de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declara inválida la elección", comentó Carrancá y Rivas.
De tal forma, comentó que si el próximo 1 de diciembre no hay se presenta el presidente electo por invalidez de la elección, cesará el presidente en funciones, por lo que será el Congreso de la Unión quien convoque a la elección de un presidente constitucional.
"Evidentemente la figura de un presidente interino está contemplado para un presidente interino, la otra es si el país está preparado", hizo hincapié Raúl Carrancá, quien, además, dijo que tiene la certeza de que el país no se encontraba listo para vivir una justa electoral como la que está enfrentando.
Es así recalcó que México cuenta con el fórmula constitucional que sí permite un interinato, por lo que las declaraciones de López Obrador sí se encuentran fundamentadas.
Entre la fecha de que el Congreso convocara elecciones y en su realización, debería realizarse en un plazo no menor de 14 meses y no mayor a 18 meses, de tal forma que se tendría un presidente interino.
"Faltaría, para que esta idea cuajara, hacer una reforma constitucional, pues en México no tenemos la segunda vuelta, sería importante tenerla igual que la figura similar a la de un vicepresidente, estableciendo quién se encargaría de la titularidad del Poder Ejecutivo", dijo el especialista en abogado constitucional.
Por otro lado, comentó que en caso de que fuera la figura del titular de la Secretaría de Gobernación, atraería aspectos conflictivos, esto debido a que formaría parte del gabinete del gobierno saliente, por lo que lo mejor sería recurrir a la segunda vuelta.
Por otro lado, comentó que la decisión que tome el TEPJF deberá ser acatada en su totalidad, esto para evitar cualquier tipo de conflicto en la sociedad mexicana.
erch
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