Columnas en Tabasco
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TABASCO
COMITÉ MUNICIPAL CENTRO
El Comité Municipal del Partido Revolucionario Institucional en el
municipio de Centro, Tabasco, con fundamento en los artículos 41, bases I y II
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, párrafos 1 y 3;
23, inciso c); 25, incisos a) y f); 34, párrafo 2, inciso c); 39, incisos c),
d) y e); 43, párrafo 1, inciso b) y párrafo 2 de la Ley General de Partidos
Políticos; 44, inciso j) de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales; así como en las
disposiciones jurídicas que regulan la vida interna del Partido Revolucionario
Institucional contenidas en los artículos 1° al 4°, 12, 22 al 25, 31, 36, 43,
48, 51, 53, 57, 58, fracciones III, IV y V; 59, fracción V; 61, 64, fracción
XII; 85, fracciones II, III y VIII; 86, fracciones I y II; 131, 132, fracciones
I y II; 134, fracciones VII y VIII; 136 al 143, 144, fracciones I, VIII, X y
XII; 157, 158, 161 al 163, 165, 209, 211 y 216 de los Estatutos; 1° al 4°, 6°,
7°, 11, 28, 64 al 68, 73 y 74 del Reglamento para la Elección de Dirigentes y
Postulación de Candidatos; 1°, 2°, 11, 14, 26, fracción III; 28 y 32 del
Reglamento de la Comisión Nacional de Procesos Internos; los aplicables del
Código de Justicia Partidaria, las diversas disposiciones aprobadas por el
Consejo Político Municipal; con el Acuerdo de autorización del Comité Ejecutivo
Nacional otorgado para expedir la presente convocatoria, así como en las demás
disposiciones relativas y aplicables, y
CONSIDERANDO
1.
Que
el Consejo Político Municipal del Partido Revolucionario Institucional en
Centro, Tabasco, en sesión celebrada, en términos estatutarios y reglamentarios
autorizó la renovación de los comités seccionales mediante asambleas de sección;
2.
Que
en términos de lo que establecen nuestros Estatutos y norma reglamentaria, el
Comité Ejecutivo Nacional conforme a sus atribuciones, emitió Acuerdo de autorización
a la dirigencia estatal para que coordine e instruya la expedición de la
presente convocatoria;
Por lo anteriormente fundado y
considerado, el comité municipal del Partido Revolucionario Institucional en el
municipio de Centro, Tabasco:
C O N V O C A
A los miembros, militantes, cuadros y
dirigentes del Partido Revolucionario Institucional con domicilio en el
municipio de Centro, Tabasco, para que participen en el proceso interno para
elegir a los dirigentes de los 626 comités seccionales del Partido en el
municipio, para el período estatutario 2014-2017, conforme a las siguientes:
BASES
Del
inicio y término del proceso interno
PRIMERA.- El proceso interno para la
elección de los dirigentes de los 626 comités seccionales del Partido en el
municipio de Centro, Tabasco, inicia con la publicación de la presente convocatoria
y concluye con la declaración de validez de la elección y entrega de la constancia
de mayoría a la planilla electa de cada comité seccional.
Del
órgano responsable de conducir el proceso interno
SEGUNDA.- La Comisión Municipal de
Procesos Internos del Partido en el municipio de Centro, Tabasco es el órgano
responsable de organizar, conducir y validar el proceso que norma esta convocatoria.
La Comisión Municipal de Procesos
Internos funcionará en días naturales, de 10:00 a 14:00 horas, en su sede legal
ubicada en las instalaciones del comité municipal del Partido Revolucionario
Institucional en Centro, Tabasco. A partir de la publicación de la presente
convocatoria y hasta la terminación del proceso electivo.
La Comisión Municipal de Procesos
Internos creará la estructura auxiliar y de apoyo que considere necesaria para
el desarrollo de sus funciones.
Las Comisiones Nacional y Estatal de
Procesos Internos, brindarán a la Comisión Municipal de Procesos Internos el
apoyo jurídico, técnico y logístico necesario a efecto de coadyuvar en la
conducción y organización del proceso interno que norma esta convocatoria. Con
esta intención, el Comisionado Presidente de la Comisión Estatal de Procesos
Internos designará a un enlace con la Comisión Municipal de Procesos Internos.
Del manual
de organización
TERCERA.- La Comisión Municipal de
Procesos Internos elaborará y expedirá el manual de organización para el
proceso a que se refiere la presente convocatoria, mismo que tendrá carácter
normativo.
El manual de organización previa
validación de la Comisión Nacional de Procesos Internos, se publicará dentro de
los tres días posteriores a la expedición de esta convocatoria, y se colocará
en los estrados físicos del comité municipal, así como en la página de internet
del Comité Directivo Estatal www.pritabasco.org.mx.
Del
procedimiento para elegir a los dirigentes de los comités seccionales
CUARTA.- El comité seccional se elegirá
mediante el voto directo de los integrantes de la asamblea seccional
correspondiente, en cada sección electoral, en el lugar que al efecto determine
la Comisión Municipal de Procesos Internos y en el día y hora que establezca
esta convocatoria.
Podrán participar en la asamblea seccional
y ejercer su derecho al voto, aquéllos miembros, militantes, cuadros y
dirigentes del Partido, quienes deberán de identificarse con su credencial para
votar con fotografía expedida por la institución federal competente, la cual
deberá de corresponder a la sección electoral donde se celebre la asamblea.
Esta elección se hará por planillas y en
la integración de ésta se respetará la paridad de género, asimismo, se
procurará que al menos 30% de los integrantes sean jóvenes hasta de 35 años de
edad. La planilla que obtenga el mayor número de votos válidos se declarará
electa.
De
los requisitos que deberán acreditar los aspirantes
QUINTA.- Los militantes que deseen
registrar una planilla para participar en el proceso de elección que regula
esta convocatoria, deberán cumplir con los siguientes requisitos y condiciones:
I. Contar
con un año de militancia partidista;
II.
No
haber sido dirigente, candidato, militante o activista de otro partido
político, a menos que cuente con declaratoria favorable de la Comisión Nacional
de Justicia Partidaria;
III.
Ser
electo conforme a los Estatutos del Partido y la presente convocatoria; y,
IV.
No
haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delitos graves del orden
común o federal, ni por delitos patrimoniales.
V.
Radicar
en el área geográfica del comité seccional donde pretenda participar, de
acuerdo con la revisión previa de la Comisión Municipal de Procesos Internos.
De
los documentos que deben acompañar a la solicitud de registro
SEXTA.- Los integrantes de las planillas
interesados en participar como candidatos en el proceso interno que regula esta
convocatoria, deberán acompañar la siguiente documentación a su solicitud de
registro:
I.
Constancia
expedida por la Secretaría de Organización del comité municipal, por medio de
la cual se acredite su militancia de al menos un año;
II.
Carta-compromiso
debidamente firmada, en el formato aprobado y expedido por la Comisión
Municipal de Procesos Internos, en la que expresen su voluntad de participar y
de obligarse a cumplir las normas partidarias señaladas en los Estatutos,
Reglamentos, la presente convocatoria y el correspondiente manual de organización,
así como a respetar los topes de gastos de campaña;
III.
Formato
aprobado y expedido por la Comisión Municipal de Procesos Internos, debidamente
requisitado, mediante el cual manifiestan bajo protesta de decir verdad:
IV.
a)
Ser
cuadro de convicción revolucionaria de comprobada disciplina y lealtad al
Partido, tener amplios conocimientos de los postulados de Partido y reconocido
liderazgo;
b)
No
haber sido dirigente, candidato, militante ni activista de otro partido político,
o bien, en su caso, que cuenta con la declaratoria favorable de la Comisión
Nacional de Justicia Partidaria; y,
c)
No
haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delitos graves ni por
ningún delito patrimonial;
V.
Formato
aprobado y expedido por la Comisión Municipal de Procesos Internos, en el cual
se señale el cargo al que aspira cada integrante de la planilla;
VI.
Copia
simple de ambos lados de su credencial para votar con fotografía, expedida por la
institución federal competente.
La Comisión Municipal de Procesos
Internos pondrá a disposición de los interesados a partir del 30 de agosto y hasta el 08 de septiembre, los formatos a
que se refieren las fracciones II, III y IV de la presente Base.
Del
registro de planillas
SÉPTIMA.- El registro de las planillas
de aspirantes se llevará a cabo el 30 de Agosto al 15 de Septiembre, de las 10:00
y hasta las 14:00 horas, en el domicilio de la Comisión Municipal de Procesos
Internos, sito en el lugar señalado en la Base Segunda de la presente
Convocatoria. De acuerdo a las siguientes etapas:
ETAPA 1
|
FECHAS DE
REGISTRO DE PLANILLAS
|
DISTRITOS
LOCALES
|
REGISTRO
DE PLANILLAS
|
LUNES 01 Y
MARTES 02 DE SEPTIEMBREDE 2014
|
VII
|
REGISTRO
DE PLANILLAS
|
JUEVES 04
Y VIERNES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
VI
|
REGISTRO
DE PLANILLAS
|
DOMINGO 07
Y LUNES 08 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
XI
|
REGISTRO
DE PLANILLAS
|
MIERCOLES
10 Y JUEVES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
VIII
|
REGISTRO
DE PLANILLAS
|
SABADO 13
Y DOMINGO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
IX
|
REGISTRO
DE PLANILLAS
|
MARTES 16
Y MIERCOLES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
X
|
Cada planilla debe integrarse por al
menos seis militantes, quienes aspiran a integrar los comités seccionales, lo
que están conformados por:
I.
Una presidencia;
II.
Una
Secretaría de Organización;
III.
Una
Secretaría de Acción Electoral;
IV.
Una
Secretaría de Gestión Comunitaria;
V.
Una
Secretaría de Información y Propaganda;
VI.
Una
Secretaría de Finanzas y Administración.
Las solicitudes serán entregadas por el
aspirante a presidente y estarán acompañadas de los documentos señalados en la
Base Sexta de la presente convocatoria, debidamente firmada por los miembros de
la planilla.
De
la emisión del dictamen
OCTAVA.- La Comisión Municipal de
Procesos Internos, expedirá los dictámenes mediante los cuales se acepta o se
niega el registro de las planillas. De acuerdo a las siguientes etapas:
ETAPA 2
|
FECHAS DE
EMISIÓN DE DICTAMENES
|
DISTRITOS
LOCALES
|
DICTAMEN
|
MIERCOLES
03 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
VII
|
DICTAMEN
|
SABADO 06
DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
VI
|
DICTAMEN
|
MARTES 09
DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
XI
|
DICTAMEN
|
VIERNES 12
DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
VIII
|
DICTAMEN
|
LUNES 15
DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
IX
|
DICTAMEN
|
JUEVES 18
DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
X
|
Para que una planilla obtenga dictamen
procedente, es necesario que todos los integrantes hayan cumplido con los
requisitos y las condiciones señaladas por el marco jurídico que regula este
proceso.
Los dictámenes emitidos se publicarán en
los estrados físicos de la Comisión Municipal de Procesos Internos y del comité
municipal con efectos de notificación personal; asimismo, se colocarán en la
página de internet del Comité Directivo Estatal www.pritabasco.org.mx.
Los interesados en participar en este
proceso interno tendrán la responsabilidad y obligación de revisar
periódicamente los estrados físicos y electrónicos a través de los cuales se
publicarán los dictámenes y acuerdos relativos, ya que la publicación de éstos
por dichos medios tiene efectos de notificación.
NOVENA.- En el caso de que se registre
una sola planilla de aspirantes o de dictaminarse procedente el registro de una
sola o que durante el proceso solamente prevaleciera una, ésta se dará por
electa y se procederá al dictamen respectivo ante el pleno de la asamblea electiva
seccional para su ratificación, una vez celebrado lo anterior; el Comisionado Presidente
de la Comisión Municipal de Procesos Internos, declarará la validez de la
elección y emitirá en favor de los integrantes de dicha planilla la constancia
de mayoría correspondiente, procediéndose a la toma de protesta estatutaria en
la misma.
De
los representantes de las planillas
DÉCIMA.- Las planillas registradas en
este proceso y que obtengan dictamen procedente, podrán acreditar a un
representante propietario y un suplente ante la Comisión Municipal de Procesos
Internos, quienes tendrán derecho de voz pero no de voto. Cuando desempeñe sus
funciones el representante propietario, no podrá hacerlo de manera simultánea
el suplente.
Del
proselitismo
DÉCIMA PRIMERA.- Las actividades de proselitismo
de las planillas de candidatos, y de los candidatos en lo particular, podrá
iniciar a partir de la entrega del dictamen de la Comisión Municipal de
Procesos Internos y deberán concluir a más tardar 24:00 horas antes del día de
la jornada electiva.
En las actividades de proselitismo, los
candidatos se sujetarán a las siguientes reglas:
I.
En
su propaganda, utilizarán invariablemente y de manera visible los colores y el
emblema del Partido Revolucionario Institucional;
II.
Sus
intervenciones públicas serán respetuosas y propositivas, manteniendo en todo
momento una actitud de respeto a los demás contendientes, a los órganos del
Partido, a sus sectores y organizaciones y al órgano encargado de la conducción
del proceso;
III.
Financiarán
sus campañas con recursos propios y con las aportaciones y donaciones de origen
lícito que reciban. No podrán recibir recursos, por sí o por interpósita
persona, en efectivo o en especie, provenientes de los poderes públicos de
cualquier ámbito de gobierno;
IV.
Podrán
hacer uso de las instalaciones del Partido, en los términos que señale el manual
de organización, lo que en ningún caso significará erogaciones para el Partido;
y,
V.
Se
abstendrán de difundir resultados de estudios de opinión respecto al proceso
interno.
Del
tope de gastos de proselitismo
DÉCIMA SEGUNDA.- El Consejo Político
Municipal de ser aplicable, señalará el tope de gastos de campaña que las
planillas contendientes deberán de respetar, debiendo de ajustarse a lo que
establecen los artículos del 17 al 20 del Reglamento para la Elección de
Dirigentes y Postulación de Candidatos.
De acuerdo con lo que señale el manual
de organización, y de ser el caso; todos los aspirantes rendirán un informe de
ingresos y gastos de campaña a más tardar dentro de los tres días después de
haber concluido la asamblea seccional que corresponda.
De
los derechos y obligaciones de los candidatos
DÉCIMA TERCERA.- Los candidatos tendrán,
entre otros, los siguientes derechos:
I.
Participar
en el proceso de elección de dirigencia;
II.
Recibir
el padrón de electores y/o del registro partidario seccional;
III.
En
conjunto con los demás integrantes de su planilla, acreditar a un representante
propietario y a un suplente ante la Comisión Municipal de Procesos Internos. De
igual manera, cada planilla podrá nombrar representantes propietarios y
suplentes ante la mesa directiva de la asamblea seccional y ante cada mesa receptora
de votos que se instale durante la celebración de la asamblea;
IV.
Promover
el voto a su favor, difundiendo su programa de trabajo, su oferta política y
los principios del Partido;
V.
Interponer
los medios de impugnación que considere convenientes, en los términos de las
disposiciones normativas aplicables y a esta convocatoria; y,
VI.
En
caso de resultar electa la planilla, obtener en su favor la constancia de mayoría
correspondiente.
DÉCIMA CUARTA.- Los candidatos tendrán,
entre otras, las siguientes obligaciones:
I.
Conducirse
bajo el régimen establecido por los Estatutos del Partido Revolucionario
Institucional y demás ordenamientos intrapartidarios;
II.
Suscribir
el pacto de civilidad y compromiso político en los términos del formato que
elabore la Comisión Municipal de Procesos Internos, con el objetivo de
fortalecer la unidad de nuestro Partido. La suscripción de este documento se
hará en el momento que la Comisión Municipal de Procesos Internos los convoque
para tal efecto;
III.
Divulgar
la plataforma ideológica del Partido durante sus intervenciones proselitistas;
IV.
Divulgar
y comprometerse a contribuir a la unidad y fortaleza del Partido durante todas
sus participaciones;
V.
Respetar
estrictamente el tope de gastos de campaña y presentar un informe sobre el
origen y destino de los recursos que utilicen;
VI.
Respetar
en todo momento a sus compañeros contendientes, a la dirigencia del Partido, a
los órganos partidistas, y en general, conducirse con respeto hacia cualquier
persona o institución;
VII.
Utilizar
los colores y el emblema del Partido en su material de propaganda; y,
VIII.
En
caso de resultar electa la planilla, rendir la protesta estatutaria.
De
las prohibiciones y sanciones para los candidatos
DÉCIMA QUINTA.- Queda prohibido a los
candidatos:
I.
Utilizar
propaganda que ofenda, difame, denigre o calumnie a los demás candidatos, a la
dirigencia del Partido, a los órganos partidistas, y en general, a cualquier
persona o institución;
II.
Contratar
por sí o por terceros tiempos de radio y/o televisión para hacer proselitismo;
III.
Exceder
el tope de gastos de campaña;
IV.
Hacer
uso indebido de recursos humanos, financieros, materiales o tecnológicos;
V.
Difundir
por sí mismo o por terceros, encuestas o sondeos de opinión que refieran
tendencias de posicionamiento de los candidatos durante los tres días
anteriores al de la celebración de la asamblea seccional, así como el mismo día
en que ésta se celebre; y,
VI.
Hacer
pronunciamientos anticipados acerca del resultado de la asamblea seccional.
DÉCIMA SEXTA.- Los candidatos que
incumplan con alguna de sus obligaciones o que incurran en los supuestos
prohibidos a que se refiere la Base anterior, se harán acreedores a las
sanciones que serán impuestas por las Comisiones Nacional o Estatal de Justicia
Partidaria que corresponda, conforme a la gravedad de la falta. Para la
imposición de las sanciones, se reconocerá el ejercicio del derecho de
audiencia y defensa.
De
las normas de participación de los sectores, organizaciones y militantes
DÉCIMA SÉPTIMA.- Los dirigentes del
Partido, de los sectores y de las organizaciones, así como los miembros,
militantes y cuadros, sujetarán su actuación al marco que regula este proceso
interno, velando en todo momento por la unidad y fortaleza del Partido, y
tendrán la obligación de ejercer las funciones y atender las responsabilidades
que les encomienden las Comisiones Municipal y/o Estatal de Procesos Internos,
así como de impulsar la participación de los priístas en las asambleas de sección
que se lleven a cabo en el municipio de Centro, Tabasco.
De
la documentación y el material electoral
DÉCIMA OCTAVA.- La Comisión Municipal de
Procesos Internos determinará las características y cantidades de urnas,
mamparas, boletas, actas y demás material y documentación electoral que se
utilizará en la asamblea seccional, dentro del marco de austeridad y
racionalidad del gasto. La Comisión
Municipal de Procesos Internos llevará a cabo, con la presencia de los
representantes de las planillas de candidatos, el sorteo para determinar la
ubicación de cada planilla en la boleta electoral.
De
la asamblea seccional
DÉCIMA NOVENA.- La asamblea seccional es
el acto al que concurren los militantes del Partido con domicilio dentro de la
respectiva sección electoral, a efecto de elegir a los dirigentes del comité seccional
correspondiente.
La Comisión Municipal de Procesos
Internos determinará el lugar, la fecha y la hora para la realización de las asambleas
seccionales, conforme a lo señalado en el manual de organización.
De
la mesa directiva de la asamblea seccional
VIGÉSIMA.- La mesa directiva de la asamblea
seccional tendrá el número de integrantes que acuerde la Comisión Municipal de
Procesos Internos designados como órganos auxiliares, mismo que se describirá
en el correspondiente manual de organización y al que se podrán integrarse, un
enlace de la Comisión Estatal de Procesos Internos.
La mesa directiva tendrá la
responsabilidad de declarar la instalación de la asamblea seccional y el inicio
de la votación, celebrar el cómputo de votos, declarar la validez de la
elección y entregar la constancia de mayoría a la planilla que resulte
ganadora.
Los representantes de las planillas
contendientes tendrán derecho de voz pero no de voto en la mesa directiva de la
asamblea seccional.
De
la jornada electiva interna
VIGÉSIMA PRIMERA.- La mesa directiva a
que alude la Base anterior, se instalará a partir de las 09:00 horas de acuerdo a lo siguiente:
ETAPA 1
|
JORNADAS ELECTIVAS
|
DISTRITOS LOCALES
|
ELECCIÓN
|
SABADO 13 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
VII
|
ELECCIÓN
|
DOMINGO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
VI
|
ELECCIÓN
|
DOMINGO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
XI
|
ELECCION
|
SABADO 20 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
VIII
|
ELECCIÓN
|
DOMINGO 21 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
IX
|
ELECCIÓN
|
SABADO 27 DE SEPTIEMBRE DE 2014
|
X
|
En la sede que notificará con
oportunidad la Comisión Municipal de Procesos Internos, con el objeto de llevar
a cabo la elección de los dirigentes del comité seccional. La sesión iniciará
con el registro de los militantes que asistan, quienes integrarán la asamblea seccional,
sin que sea necesario un quórum determinado.
A las 10:00 horas se declarará iniciada
la asamblea seccional, con los integrantes que se encuentren presentes, misma
que deberá de concluir a más tardar a las 14:00 horas
del día de su inicio.
Además de lo que establezca el manual de
organización, el desarrollo de la asamblea se sujetará al siguiente
procedimiento:
I.
El presidente
de la mesa directiva instruirá al secretario para que dé cuenta del registro de
las planillas de candidatos;
II.
El presidente
de la mesa directiva dará a conocer el establecimiento de la mesa receptora de votos;
III.
En
cada mesa receptora de votos habrá un presidente, un secretario y un escrutador
designados por la Comisión Municipal de Procesos Internos que corresponda, así
como de un representante de cada planilla participante;
IV.
El presidente
de la mesa directiva declarará abierta la votación, la cual se llevará a cabo
en forma libre, secreta, directa, personal e intransferible;
V.
El presidente
de la mesa receptora de votos entregará la boleta a cada elector, previa verificación
de que la credencial para votar con fotografía coincide con su credencial o
documento mediante el cual acredite su militancia. El secretario llevará el
registro de los asambleístas a quienes se entregue la boleta y anotará la
palabra “VOTÓ” a un lado del nombre de cada uno cuando haya verificado que
éstos han depositado su boleta en la urna;
VI.
Una
vez que todos los asambleístas asistentes hayan emitido su voto, el presidente
de la mesa directiva declarará cerrada la votación e instruirá a los miembros
de la mesa receptora de votos que inicien los trabajos de escrutinio y cómputo,
procediendo cada uno al siguiente procedimiento:
a)
El presidente
contará las boletas sobrantes, en caso de la inasistencia de algún asambleísta
elector, procediendo a inutilizarlas, mediante el cruce de dos líneas
diagonales paralelas, instruyendo al secretario que anote ese dato en el acta
respectiva;
b)
Seguidamente,
el presidente, con el apoyo del escrutador, procederá a abrir la urna, extraerá
las boletas depositadas y marcadas que se emitieron a favor de cada planilla,
agrupándolas conforme a los
votos válidos y separando los votos nulos;
c)
Acto
seguido, contarán los votos válidos emitidos para cada planilla registrada,
solicitándole al secretario los incorpore en el acta de escrutinio y cómputo,
al igual que los votos nulos; y
d)
Finalmente,
el presidente de la mesa receptora de votos, el secretario y el escrutador,
firmarán el acta de escrutinio y harán entrega de la misma al presidente de la mesa
directiva de la asamblea;
VII.
El presidente
de la mesa directiva de la asamblea realizará la sumatoria del acta de
escrutinio y cómputo, determinando la votación total y la válida obtenida
por cada una de las planillas
participantes;
VIII.
Con
base en el cómputo total de los votos válidos emitidos en la asamblea seccional,
el presidente de la mesa directiva dará a conocer el resultado de la votación,
hará la declaración de validez de la elección, informará de los resultados a la
Comisión Municipal de Procesos Internos de manera inmediata, acompañando la
documentación soporte del proceso.
De
la declaración de validez y entrega de la constancia de mayoría
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Concluida la jornada
electiva interna y con el acopio de los resultados, la Comisión Municipal de
Procesos Internos, hará la declaración de validez de la elección y entregará la
constancia de mayoría a la planilla de candidatos que haya obtenido la mayoría
de los votos válidos.
De
la toma de protesta estatutaria
VIGÉSIMA TERCERA.- Los integrantes de la
planilla que resulte electa rendirán la protesta estatutaria ante el Consejo
Político Municipal, en la fecha y hora que éste señale, previo acuerdo con el
Comité Directivo Estatal del Partido.
De
los medios de impugnación
VIGÉSIMA CUARTA.- Los medios de
impugnación procedentes en este proceso serán los previstos en el Código de
Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional, los cuales se
sustanciarán ante la instancia competente y en el término reglamentario.
De
la interpretación y de los casos no previstos
VIGÉSIMA QUINTA.- La interpretación de
las disposiciones de esta convocatoria y del marco jurídico relacionado se hará
con base en los criterios gramatical, sistemático y funcional, por parte del
Comité Municipal, con el apoyo del Comisionado Presidente de la Comisión Estatal
de Procesos Internos.
Los casos no previstos en esta convocatoria
serán resueltos por el Comisionado Presidente de la Comisión Estatal de
Procesos Internos, con el acuerdo del Presidente del Comité Municipal.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Esta convocatoria entrará en
vigor el día de su publicación en los estrados físicos del comité municipal,
asimismo; se difundirá en la página de internet del Comité Directivo Estatal www.pritabasco.org.mx los
sectores y organizaciones, contribuirán a su mayor difusión mediante los medios
que dispongan para su vinculación con los miembros del Partido.
Dada en la ciudad de Villahermosa, Centro,
Tabasco, a los veintinueve días del mes de agosto del
año dos mil catorce.
“DEMOCRACIA Y JUSTICIA SOCIAL”
Por el comité municipal
FREDDY CHABLÉ TORRANO
|
LIC. ELVIRA DEL CARMEN GIL HOYOS
|
PRESIDENTE
|
SECRETARIA GENERAL
|
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