sábado, 30 de agosto de 2014

Tabasco / Convocatoria del PRI Centro a elección de Comités Seccionales / Sá Agosto 30

Convocatoria del PRI Centro a elección de Comités Seccionales

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Entidad 27 Noticias


TABASCO
COMITÉ MUNICIPAL CENTRO


El Comité Municipal del Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Centro, Tabasco, con fundamento en los artículos 41, bases I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, párrafos 1 y 3; 23, inciso c); 25, incisos a) y f); 34, párrafo 2, inciso c); 39, incisos c), d) y e); 43, párrafo 1, inciso b) y párrafo 2 de la Ley General de Partidos Políticos; 44, inciso j) de la Ley General de  Instituciones y Procedimientos Electorales; así como en las disposiciones jurídicas que regulan la vida interna del Partido Revolucionario Institucional contenidas en los artículos 1° al 4°, 12, 22 al 25, 31, 36, 43, 48, 51, 53, 57, 58, fracciones III, IV y V; 59, fracción V; 61, 64, fracción XII; 85, fracciones II, III y VIII; 86, fracciones I y II; 131, 132, fracciones I y II; 134, fracciones VII y VIII; 136 al 143, 144, fracciones I, VIII, X y XII; 157, 158, 161 al 163, 165, 209, 211 y 216 de los Estatutos; 1° al 4°, 6°, 7°, 11, 28, 64 al 68, 73 y 74 del Reglamento para la Elección de Dirigentes y Postulación de Candidatos; 1°, 2°, 11, 14, 26, fracción III; 28 y 32 del Reglamento de la Comisión Nacional de Procesos Internos; los aplicables del Código de Justicia Partidaria, las diversas disposiciones aprobadas por el Consejo Político Municipal; con el Acuerdo de autorización del Comité Ejecutivo Nacional otorgado para expedir la presente convocatoria, así como en las demás disposiciones relativas y aplicables, y

CONSIDERANDO

1.     Que el Consejo Político Municipal del Partido Revolucionario Institucional en Centro, Tabasco, en sesión celebrada, en términos estatutarios y reglamentarios autorizó la renovación de los comités seccionales mediante asambleas de sección;

2.     Que en términos de lo que establecen nuestros Estatutos y norma reglamentaria, el Comité Ejecutivo Nacional conforme a sus atribuciones, emitió Acuerdo de autorización a la dirigencia estatal para que coordine e instruya la expedición de la presente convocatoria;

Por lo anteriormente fundado y considerado, el comité municipal del Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Centro, Tabasco:

C O N V O C A

A los miembros, militantes, cuadros y dirigentes del Partido Revolucionario Institucional con domicilio en el municipio de Centro, Tabasco, para que participen en el proceso interno para elegir a los dirigentes de los 626 comités seccionales del Partido en el municipio, para el período estatutario 2014-2017, conforme a las siguientes:

BASES

Del inicio y término del proceso interno

PRIMERA.- El proceso interno para la elección de los dirigentes de los 626 comités seccionales del Partido en el municipio de Centro, Tabasco, inicia con la publicación de la presente convocatoria y concluye con la declaración de validez de la elección y entrega de la constancia de mayoría a la planilla electa de cada comité seccional.

Del órgano responsable de conducir el proceso interno

SEGUNDA.- La Comisión Municipal de Procesos Internos del Partido en el municipio de Centro, Tabasco es el órgano responsable de organizar, conducir y validar el proceso que norma esta convocatoria.

La Comisión Municipal de Procesos Internos funcionará en días naturales, de 10:00 a 14:00 horas, en su sede legal ubicada en las instalaciones del comité municipal del Partido Revolucionario Institucional en Centro, Tabasco. A partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta la terminación del proceso electivo.

La Comisión Municipal de Procesos Internos creará la estructura auxiliar y de apoyo que considere necesaria para el desarrollo de sus funciones.

Las Comisiones Nacional y Estatal de Procesos Internos, brindarán a la Comisión Municipal de Procesos Internos el apoyo jurídico, técnico y logístico necesario a efecto de coadyuvar en la conducción y organización del proceso interno que norma esta convocatoria. Con esta intención, el Comisionado Presidente de la Comisión Estatal de Procesos Internos designará a un enlace con la Comisión Municipal de Procesos Internos.


Del manual de organización

TERCERA.- La Comisión Municipal de Procesos Internos elaborará y expedirá el manual de organización para el proceso a que se refiere la presente convocatoria, mismo que tendrá carácter normativo.

El manual de organización previa validación de la Comisión Nacional de Procesos Internos, se publicará dentro de los tres días posteriores a la expedición de esta convocatoria, y se colocará en los estrados físicos del comité municipal, así como en la página de internet del Comité Directivo Estatal www.pritabasco.org.mx.


Del procedimiento para elegir a los dirigentes de los comités seccionales

CUARTA.- El comité seccional se elegirá mediante el voto directo de los integrantes de la asamblea seccional correspondiente, en cada sección electoral, en el lugar que al efecto determine la Comisión Municipal de Procesos Internos y en el día y hora que establezca esta convocatoria.  

Podrán participar en la asamblea seccional y ejercer su derecho al voto, aquéllos miembros, militantes, cuadros y dirigentes del Partido, quienes deberán de identificarse con su credencial para votar con fotografía expedida por la institución federal competente, la cual deberá de corresponder a la sección electoral donde se celebre la asamblea.

Esta elección se hará por planillas y en la integración de ésta se respetará la paridad de género, asimismo, se procurará que al menos 30% de los integrantes sean jóvenes hasta de 35 años de edad. La planilla que obtenga el mayor número de votos válidos se declarará electa.

De los requisitos que deberán acreditar los aspirantes

QUINTA.- Los militantes que deseen registrar una planilla para participar en el proceso de elección que regula esta convocatoria, deberán cumplir con los siguientes requisitos y condiciones:
          I.     Contar con un año de militancia partidista;
         II.       No haber sido dirigente, candidato, militante o activista de otro partido político, a menos que cuente con declaratoria favorable de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria;
        III.       Ser electo conforme a los Estatutos del Partido y la presente convocatoria; y,
       IV.       No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delitos graves del orden común o federal, ni por delitos patrimoniales.
         V.       Radicar en el área geográfica del comité seccional donde pretenda participar, de acuerdo con la revisión previa de la Comisión Municipal de Procesos Internos.

De los documentos que deben acompañar a la solicitud de registro

SEXTA.- Los integrantes de las planillas interesados en participar como candidatos en el proceso interno que regula esta convocatoria, deberán acompañar la siguiente documentación a su solicitud de registro:

          I.       Constancia expedida por la Secretaría de Organización del comité municipal, por medio de la cual se acredite su militancia de al menos un año;
         II.       Carta-compromiso debidamente firmada, en el formato aprobado y expedido por la Comisión Municipal de Procesos Internos, en la que expresen su voluntad de participar y de obligarse a cumplir las normas partidarias señaladas en los Estatutos, Reglamentos, la presente convocatoria y el correspondiente manual de organización, así como a respetar los topes de gastos de campaña;
        III.       Formato aprobado y expedido por la Comisión Municipal de Procesos Internos, debidamente requisitado, mediante el cual manifiestan bajo protesta de decir verdad: 
       IV.        
a)   Ser cuadro de convicción revolucionaria de comprobada disciplina y lealtad al Partido, tener amplios conocimientos de los postulados de Partido y reconocido liderazgo;
b)   No haber sido dirigente, candidato, militante ni activista de otro partido político, o bien, en su caso, que cuenta con la declaratoria favorable de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria; y,
c)   No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delitos graves ni por ningún delito patrimonial;
         V.       Formato aprobado y expedido por la Comisión Municipal de Procesos Internos, en el cual se señale el cargo al que aspira cada integrante de la planilla;
       VI.       Copia simple de ambos lados de su credencial para votar con fotografía, expedida por la institución federal competente.

La Comisión Municipal de Procesos Internos pondrá a disposición de los interesados a partir del 30 de agosto  y hasta el 08 de septiembre, los formatos a que se refieren las fracciones II, III y IV de la presente Base.


Del registro de  planillas

SÉPTIMA.- El registro de las planillas de aspirantes se llevará a cabo el 30 de Agosto al 15 de Septiembre, de las 10:00 y hasta las 14:00 horas, en el domicilio de la Comisión Municipal de Procesos Internos, sito en el lugar señalado en la Base Segunda de la presente Convocatoria. De acuerdo a las siguientes etapas:

ETAPA 1
FECHAS DE REGISTRO DE PLANILLAS
DISTRITOS LOCALES
REGISTRO DE PLANILLAS
LUNES 01 Y MARTES 02 DE SEPTIEMBREDE 2014
VII
REGISTRO DE PLANILLAS
JUEVES 04 Y VIERNES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2014
VI
REGISTRO DE PLANILLAS
DOMINGO 07 Y LUNES 08 DE SEPTIEMBRE DE 2014
XI
REGISTRO DE PLANILLAS
MIERCOLES 10 Y JUEVES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2014
VIII
REGISTRO DE PLANILLAS
SABADO 13 Y DOMINGO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2014
IX
REGISTRO DE PLANILLAS
MARTES 16 Y MIERCOLES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2014
X

Cada planilla debe integrarse por al menos seis militantes, quienes aspiran a integrar los comités seccionales, lo que están conformados por:

          I.       Una presidencia;
         II.       Una Secretaría de Organización;
        III.       Una Secretaría de Acción Electoral;
       IV.       Una Secretaría de Gestión Comunitaria;
         V.       Una Secretaría de Información y Propaganda;
       VI.       Una Secretaría de Finanzas y Administración.

Las solicitudes serán entregadas por el aspirante a presidente y estarán acompañadas de los documentos señalados en la Base Sexta de la presente convocatoria, debidamente firmada por los miembros de la planilla.


De la emisión del dictamen

OCTAVA.- La Comisión Municipal de Procesos Internos, expedirá los dictámenes mediante los cuales se acepta o se niega el registro de las planillas. De acuerdo a las siguientes etapas:

ETAPA 2
FECHAS DE EMISIÓN DE DICTAMENES
DISTRITOS LOCALES
DICTAMEN
MIERCOLES 03 DE SEPTIEMBRE DE 2014
VII
DICTAMEN
SABADO 06 DE SEPTIEMBRE DE 2014
VI
DICTAMEN
MARTES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2014
XI
DICTAMEN
VIERNES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2014
VIII
DICTAMEN
LUNES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2014
IX
DICTAMEN
JUEVES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2014
X

Para que una planilla obtenga dictamen procedente, es necesario que todos los integrantes hayan cumplido con los requisitos y las condiciones señaladas por el marco jurídico que regula este proceso.

Los dictámenes emitidos se publicarán en los estrados físicos de la Comisión Municipal de Procesos Internos y del comité municipal con efectos de notificación personal; asimismo, se colocarán en la página de internet del Comité Directivo Estatal www.pritabasco.org.mx.

Los interesados en participar en este proceso interno tendrán la responsabilidad y obligación de revisar periódicamente los estrados físicos y electrónicos a través de los cuales se publicarán los dictámenes y acuerdos relativos, ya que la publicación de éstos por dichos medios tiene efectos de notificación.

NOVENA.- En el caso de que se registre una sola planilla de aspirantes o de dictaminarse procedente el registro de una sola o que durante el proceso solamente prevaleciera una, ésta se dará por electa y se procederá al dictamen respectivo ante el pleno de la asamblea electiva seccional para su ratificación, una vez celebrado lo anterior; el Comisionado Presidente de la Comisión Municipal de Procesos Internos, declarará la validez de la elección y emitirá en favor de los integrantes de dicha planilla la constancia de mayoría correspondiente, procediéndose a la toma de protesta estatutaria en la misma.

De los representantes de las planillas

DÉCIMA.- Las planillas registradas en este proceso y que obtengan dictamen procedente, podrán acreditar a un representante propietario y un suplente ante la Comisión Municipal de Procesos Internos, quienes tendrán derecho de voz pero no de voto. Cuando desempeñe sus funciones el representante propietario, no podrá hacerlo de manera simultánea el suplente.

Del proselitismo

DÉCIMA PRIMERA.- Las actividades de proselitismo de las planillas de candidatos, y de los candidatos en lo particular, podrá iniciar a partir de la entrega del dictamen de la Comisión Municipal de Procesos Internos y deberán concluir a más tardar 24:00 horas antes del día de la jornada electiva.
En las actividades de proselitismo, los candidatos se sujetarán a las siguientes reglas:

          I.       En su propaganda, utilizarán invariablemente y de manera visible los colores y el emblema del Partido Revolucionario Institucional;
         II.       Sus intervenciones públicas serán respetuosas y propositivas, manteniendo en todo momento una actitud de respeto a los demás contendientes, a los órganos del Partido, a sus sectores y organizaciones y al órgano encargado de la conducción del proceso;
        III.       Financiarán sus campañas con recursos propios y con las aportaciones y donaciones de origen lícito que reciban. No podrán recibir recursos, por sí o por interpósita persona, en efectivo o en especie, provenientes de los poderes públicos de cualquier ámbito de gobierno;  
       IV.       Podrán hacer uso de las instalaciones del Partido, en los términos que señale el manual de organización, lo que en ningún caso significará erogaciones para el Partido; y,  
         V.       Se abstendrán de difundir resultados de estudios de opinión respecto al proceso interno.

Del tope de gastos de proselitismo

DÉCIMA SEGUNDA.- El Consejo Político Municipal de ser aplicable, señalará el tope de gastos de campaña que las planillas contendientes deberán de respetar, debiendo de ajustarse a lo que establecen los artículos del 17 al 20 del Reglamento para la Elección de Dirigentes y Postulación de Candidatos.

De acuerdo con lo que señale el manual de organización, y de ser el caso; todos los aspirantes rendirán un informe de ingresos y gastos de campaña a más tardar dentro de los tres días después de haber concluido la asamblea seccional que corresponda.

De los derechos y obligaciones de los candidatos

DÉCIMA TERCERA.- Los candidatos tendrán, entre otros, los siguientes derechos:

          I.       Participar en el proceso de elección de dirigencia;
         II.       Recibir el padrón de electores y/o del registro partidario seccional;
        III.       En conjunto con los demás integrantes de su planilla, acreditar a un representante propietario y a un suplente ante la Comisión Municipal de Procesos Internos. De igual manera, cada planilla podrá nombrar representantes propietarios y suplentes ante la mesa directiva de la asamblea seccional y ante cada mesa receptora de votos que se instale durante la celebración de la asamblea;
       IV.       Promover el voto a su favor, difundiendo su programa de trabajo, su oferta política y los principios del Partido;
         V.       Interponer los medios de impugnación que considere convenientes, en los términos de las disposiciones normativas aplicables y a esta convocatoria; y,
       VI.       En caso de resultar electa la planilla, obtener en su favor la constancia de mayoría correspondiente.

DÉCIMA CUARTA.- Los candidatos tendrán, entre otras, las siguientes obligaciones:

          I.       Conducirse bajo el régimen establecido por los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional y demás ordenamientos intrapartidarios;
         II.       Suscribir el pacto de civilidad y compromiso político en los términos del formato que elabore la Comisión Municipal de Procesos Internos, con el objetivo de fortalecer la unidad de nuestro Partido. La suscripción de este documento se hará en el momento que la Comisión Municipal de Procesos Internos los convoque para tal efecto;
        III.       Divulgar la plataforma ideológica del Partido durante sus intervenciones proselitistas;
       IV.       Divulgar y comprometerse a contribuir a la unidad y fortaleza del Partido durante todas sus participaciones;
         V.       Respetar estrictamente el tope de gastos de campaña y presentar un informe sobre el origen y destino de los recursos que utilicen;
       VI.       Respetar en todo momento a sus compañeros contendientes, a la dirigencia del Partido, a los órganos partidistas, y en general, conducirse con respeto hacia cualquier persona o institución;
      VII.       Utilizar los colores y el emblema del Partido en su material de propaganda; y,
     VIII.       En caso de resultar electa la planilla, rendir la protesta estatutaria.

De las prohibiciones y sanciones para los candidatos

DÉCIMA QUINTA.- Queda prohibido a los candidatos:

          I.       Utilizar propaganda que ofenda, difame, denigre o calumnie a los demás candidatos, a la dirigencia del Partido, a los órganos partidistas, y en general, a cualquier persona o institución;
         II.       Contratar por sí o por terceros tiempos de radio y/o televisión para hacer proselitismo;
        III.       Exceder el tope de gastos de campaña;
       IV.       Hacer uso indebido de recursos humanos, financieros, materiales o tecnológicos;
         V.       Difundir por sí mismo o por terceros, encuestas o sondeos de opinión que refieran tendencias de posicionamiento de los candidatos durante los tres días anteriores al de la celebración de la asamblea seccional, así como el mismo día en que ésta se celebre; y,
       VI.       Hacer pronunciamientos anticipados acerca del resultado de la asamblea seccional.  

DÉCIMA SEXTA.- Los candidatos que incumplan con alguna de sus obligaciones o que incurran en los supuestos prohibidos a que se refiere la Base anterior, se harán acreedores a las sanciones que serán impuestas por las Comisiones Nacional o Estatal de Justicia Partidaria que corresponda, conforme a la gravedad de la falta. Para la imposición de las sanciones, se reconocerá el ejercicio del derecho de audiencia y defensa.

De las normas de participación de los sectores, organizaciones y militantes

DÉCIMA SÉPTIMA.- Los dirigentes del Partido, de los sectores y de las organizaciones, así como los miembros, militantes y cuadros, sujetarán su actuación al marco que regula este proceso interno, velando en todo momento por la unidad y fortaleza del Partido, y tendrán la obligación de ejercer las funciones y atender las responsabilidades que les encomienden las Comisiones Municipal y/o Estatal de Procesos Internos, así como de impulsar la participación de los priístas en las asambleas de sección que se lleven a cabo en el municipio de Centro, Tabasco.

De la documentación y el material electoral

DÉCIMA OCTAVA.- La Comisión Municipal de Procesos Internos determinará las características y cantidades de urnas, mamparas, boletas, actas y demás material y documentación electoral que se utilizará en la asamblea seccional, dentro del marco de austeridad y racionalidad del gasto.  La Comisión Municipal de Procesos Internos llevará a cabo, con la presencia de los representantes de las planillas de candidatos, el sorteo para determinar la ubicación de cada planilla en la boleta electoral.
De la asamblea seccional

DÉCIMA NOVENA.- La asamblea seccional es el acto al que concurren los militantes del Partido con domicilio dentro de la respectiva sección electoral, a efecto de elegir a los dirigentes del comité seccional correspondiente.

La Comisión Municipal de Procesos Internos determinará el lugar, la fecha y la hora para la realización de las asambleas seccionales, conforme a lo señalado en el manual de organización.

De la mesa directiva de la asamblea seccional

VIGÉSIMA.- La mesa directiva de la asamblea seccional tendrá el número de integrantes que acuerde la Comisión Municipal de Procesos Internos designados como órganos auxiliares, mismo que se describirá en el correspondiente manual de organización y al que se podrán integrarse, un enlace de la Comisión Estatal de Procesos Internos.

La mesa directiva tendrá la responsabilidad de declarar la instalación de la asamblea seccional y el inicio de la votación, celebrar el cómputo de votos, declarar la validez de la elección y entregar la constancia de mayoría a la planilla que resulte ganadora.

Los representantes de las planillas contendientes tendrán derecho de voz pero no de voto en la mesa directiva de la asamblea seccional.

De la jornada electiva interna

VIGÉSIMA PRIMERA.- La mesa directiva a que alude la Base anterior, se instalará a partir de las 09:00 horas de acuerdo a lo siguiente:
 ETAPA 1
JORNADAS ELECTIVAS
DISTRITOS LOCALES
ELECCIÓN
SABADO 13 DE SEPTIEMBRE DE 2014
VII
ELECCIÓN
DOMINGO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2014
VI
ELECCIÓN
DOMINGO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2014
XI
ELECCION
SABADO 20 DE SEPTIEMBRE DE 2014
VIII
ELECCIÓN
DOMINGO 21 DE SEPTIEMBRE DE 2014
IX
ELECCIÓN
SABADO 27 DE SEPTIEMBRE DE 2014
X

En la sede que notificará con oportunidad la Comisión Municipal de Procesos Internos, con el objeto de llevar a cabo la elección de los dirigentes del comité seccional. La sesión iniciará con el registro de los militantes que asistan, quienes integrarán la asamblea seccional, sin que sea necesario un quórum determinado.  

A las 10:00 horas se declarará iniciada la asamblea seccional, con los integrantes que se encuentren presentes, misma que deberá de concluir a más tardar a las 14:00 horas del día de su inicio.

Además de lo que establezca el manual de organización, el desarrollo de la asamblea se sujetará al siguiente procedimiento:

          I.       El presidente de la mesa directiva instruirá al secretario para que dé cuenta del registro de las planillas de candidatos;
         II.       El presidente de la mesa directiva dará a conocer el establecimiento de la mesa receptora de votos;
        III.       En cada mesa receptora de votos habrá un presidente, un secretario y un escrutador designados por la Comisión Municipal de Procesos Internos que corresponda, así como de un representante de cada planilla participante;
       IV.       El presidente de la mesa directiva declarará abierta la votación, la cual se llevará a cabo en forma libre, secreta, directa, personal e intransferible;
         V.       El presidente de la mesa receptora de votos entregará la boleta a cada elector, previa verificación de que la credencial para votar con fotografía coincide con su credencial o documento mediante el cual acredite su militancia. El secretario llevará el registro de los asambleístas a quienes se entregue la boleta y anotará la palabra “VOTÓ” a un lado del nombre de cada uno cuando haya verificado que éstos han depositado su boleta en la urna;
       VI.       Una vez que todos los asambleístas asistentes hayan emitido su voto, el presidente de la mesa directiva declarará cerrada la votación e instruirá a los miembros de la mesa receptora de votos que inicien los trabajos de escrutinio y cómputo, procediendo cada uno al siguiente procedimiento:
a)   El presidente contará las boletas sobrantes, en caso de la inasistencia de algún asambleísta elector, procediendo a inutilizarlas, mediante el cruce de dos líneas diagonales paralelas, instruyendo al secretario que anote ese dato en el acta respectiva;
b)   Seguidamente, el presidente, con el apoyo del escrutador, procederá a abrir la urna, extraerá las boletas depositadas y marcadas que se emitieron a favor de cada planilla, agrupándolas conforme a los votos válidos y separando los votos nulos;
c)   Acto seguido, contarán los votos válidos emitidos para cada planilla registrada, solicitándole al secretario los incorpore en el acta de escrutinio y cómputo, al igual que los votos nulos; y
d)   Finalmente, el presidente de la mesa receptora de votos, el secretario y el escrutador, firmarán el acta de escrutinio y harán entrega de la misma al presidente de la mesa directiva de la asamblea;
      VII.       El presidente de la mesa directiva de la asamblea realizará la sumatoria del acta de escrutinio y cómputo, determinando la votación total y la válida obtenida por  cada una de las planillas participantes;
     VIII.       Con base en el cómputo total de los votos válidos emitidos en la asamblea seccional, el presidente de la mesa directiva dará a conocer el resultado de la votación, hará la declaración de validez de la elección, informará de los resultados a la Comisión Municipal de Procesos Internos de manera inmediata, acompañando la documentación soporte del proceso.

De la declaración de validez y entrega de la constancia de mayoría

VIGÉSIMA SEGUNDA.- Concluida la jornada electiva interna y con el acopio de los resultados, la Comisión Municipal de Procesos Internos, hará la declaración de validez de la elección y entregará la constancia de mayoría a la planilla de candidatos que haya obtenido la mayoría de los votos válidos.
De la toma de protesta estatutaria

VIGÉSIMA TERCERA.- Los integrantes de la planilla que resulte electa rendirán la protesta estatutaria ante el Consejo Político Municipal, en la fecha y hora que éste señale, previo acuerdo con el Comité Directivo Estatal del Partido.

De los medios de impugnación

VIGÉSIMA CUARTA.- Los medios de impugnación procedentes en este proceso serán los previstos en el Código de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional, los cuales se sustanciarán ante la instancia competente y en el término reglamentario.

De la interpretación y de los casos no previstos

VIGÉSIMA QUINTA.- La interpretación de las disposiciones de esta convocatoria y del marco jurídico relacionado se hará con base en los criterios gramatical, sistemático y funcional, por parte del Comité Municipal, con el apoyo del Comisionado Presidente de la Comisión Estatal de Procesos Internos.

Los casos no previstos en esta convocatoria serán resueltos por el Comisionado Presidente de la Comisión Estatal de Procesos Internos, con el acuerdo del Presidente del Comité Municipal.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Esta convocatoria entrará en vigor el día de su publicación en los estrados físicos del comité municipal, asimismo; se difundirá en la página de internet del Comité Directivo Estatal www.pritabasco.org.mx  los sectores y organizaciones, contribuirán a su mayor difusión mediante los medios que dispongan para su vinculación con los miembros del Partido.

Dada en la ciudad de Villahermosa, Centro, Tabasco, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil catorce.


“DEMOCRACIA Y JUSTICIA SOCIAL”
Por el comité municipal






FREDDY CHABLÉ TORRANO


LIC. ELVIRA DEL CARMEN GIL  HOYOS
PRESIDENTE
SECRETARIA GENERAL

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