La frialdad de los estatutos del PRI y
las preferencias ciudadanas
La
efervescencia política-partidista-electoral, está desatada en todos los
rincones de la entidad tabasqueña, pero alguien por ahí sale sobrando en un
proceso interno en el que solamente debieran ser considerados serios exponentes
para contender, Luis Felipe Graham Zapata, Evaristo Hernández Cruz, Jesús Alí
de la Torre, Georgina Trujillo Zentella, y Francisco Herrera León, quienes al
menos aquí en el municipio de Macuspana, aparecen tal cual en las preferencias
ciudadanas de los sondeos de opinión, con el factor de holgada ventaja de los
tres primeros mencionados sobre los dos últimos enlistados. *** En el mismo
orden de ideas, y siguiendo en todo caso en esas opiniones ciudadanas macuspanenses
vertidas en los hogares, reuniones familiares, comederos, cafés, y centros
laborales, siguen en ese listado y tan solo considerando a 10 de los posibles mil
priístas afortunados –abarató el Delegado Adrián Alanís Quiñones a la caballada
tricolor con aquellos que según él son “aspirantes” (Seguro trata de engañar al
CEN del PRI)-, aunque muy lejos de este primer bloque de cinco a la cabeza,
Florizel Medina Pereznieto, José Eduardo Rovirosa Ramírez, Jaime Mier y Terán
Suárez, Humberto Domingo Mayans Canabal, y Nicolás Carlos Bellizia Aboaf,
tomando en cuenta que las preferencias de 80 personas de cada cien, las
acaparan los anteriores cinco mencionados, y de esos 80, 60 de ellos respaldan a
Luis Felipe, Evaristo y Jesús, aunque llevando un buen margen de delantera el
galeno Graham Zapata. *** Por cierto y para aquellos que son inteligentes y no
manipulables, esta
editorial les obsequia para su consumo el siguiente extracto, y el que quiera
ver que vea: Estatutos del Partido Revolucionario Institucional. Capítulo II. De
la postulación de candidatos a cargos de elección popular. Sección 1. De los
requisitos para ser candidatos. Artículo 166.
El militante del Partido que pretenda ser postulado como candidato a un
cargo de elección popular, deberá cumplir los siguientes requisitos. Capítulo IV.
No haber sido dirigente, candidato ni militante destacado de partido o
asociación política, antagónicos al Partido Revolucionario Institucional, salvo
que acrediten, a partir de su afiliación o reafiliación una militancia mínima
de 3 años para cargo municipal, de 5 años para cargo estatal y de 7 años para
cargo federal, sin demérito de la antigüedad de militancia para cada cargo. Artículo
192. Las convocatorias para postular candidatos a Presidente de la República, gobernadores,
Jefe de Gobierno del Distrito Federal,
diputados federales y senadores, serán expedidas por el Comité Ejecutivo
Nacional, previa aprobación del Consejo Político Nacional. Sic, sic, y recontra
sic. *** En Macuspana despuntando ya en ruta hacia la alcaldía hoy en poder del
priísta Alfonso Pérez Álvarez, tres también priístas, Ernesto Zacarías López,
Rafael Bocanegra Pedrero, y Cristóbal Álvarez Brown, en otro bloque, distante,
pero compitiendo por tal nominación y las preferencias ciudadanas, Elio
Bocanegra Ruiz, Fernando Morales Mateos, y Julio Gutiérrez Bocanegra, y completando
el sondeo de las preferencias ciudadanas en esta municipalidad, en el orden que
se redacta, Jellinek Díaz Falcón, Víctor Solís Vadillo, Andrés Vadillo
Hernández, Darwin Falcón Pascual, Mauro Winsing Negrín, Juan Molina Becerra y Aquiles
Domínguez Cerino. Después de ellos siguen los restantes 160 mil habitantes del
municipio. *** Muy buen día tengan todos. Diuuu.
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