Avalan prohibir publicidad de comida "chatarra"
Fuente: Azteca Noticias / Notimex , 04 de noviembre de 2010, 12:23 hrs.
México, DF.- El Senado aprobó en comisiones las reformas al artículo 301 y 307 de la Ley General de Salud que prohíben la publicidad de alimentos y bebidas con bajo contenido nutricional y alto contenido en grasas, sales y azúcares solubles en las escuelas.
También se modificó el artículo 421 bis por el que se establecen multas que van de 689 mil a 919 mil pesos, lo que representan sanciones de entre 12 mil a 16 mil salarios mínimos para los centros educativos que violen estas disposiciones.
Además, se acordó que la publicidad de dichos productos, conocidos como alimento chatarra, no transmita mensajes que distorsionen los hábitos de la alimentación correcta e induzcan conductas que propicien trastornos alimentarios.
Estos cambios forman parte de las reformas que el Senado aprobó ayer en lo general para combatir el sobrepeso y la obesidad, y que prohíben la venta y comercialización en escuelas de educación básica de alimentos y bebidas chatarra.
Sin embargo, quedó pendiente la discusión de los dos preceptos, que fueron devueltos a comisiones para su revisión, pues prohibían la venta y publicidad de esos alimentos no sólo en las escuelas sino en los centros deportivos de todo el país.
Así, este jueves se reunieron las Comisiones de Salud y de Estudios Legislativos, Segunda, para avalar modificaciones a los artículo 301 y 307 de la ley General de Salud, que serán presentada al pleno en la sesión de este día, para su ratificación.
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