El Heraldo Político
Juan Ochoa VidalPublicado en el Diario El Heraldo de Tabasco
¿Quiere usted ser consejero electoral?
Lo que se describe a continuación, es de suma importancia para el conglomerado social del cual formamos parte:
El Instituto Nacional Electoral emitió hace cuatro días su convocatoria para el proceso de selección y designación de Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales en Materia Electoral (OPL), correspondientes a 18 entidades federativas, entre ellas Tabasco.
De esa manera se convierte en un hecho la liquidación –multimillonaria- de los actuales integrantes del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco y la desaparición de esa institución como tal.
El mandato legal dice que “para los procesos electorales locales cuya jornada electoral se realice en 2015, el Consejo General del INE deberá desarrollar el proceso de designación de los integrantes de los Consejos Generales de los órganos públicos locales a más tardar el 30 de septiembre de 2014 en los términos que establece la Constitución”.
Para conformar el Organismo Público Local en Materia Electoral de Tabasco se designará a un consejero presidente que durará en su encargo 7 años, así como tres consejeros para quedarse en la encomienda seis años y tres más para un periodo de 36 meses.
Los OPL son los encargados de la organización de las elecciones en la entidad federativa, para la designación de gobernadores, diputados locales, alcaldes y demás integrantes de los diecisiete cabildos.
Tendrán la responsabilidad de garantizar los derechos y el acceso a las prerrogativas de los partidos políticos y candidatos; desarrollar y ejecutar los programas de educación cívica en la entidad; preparación de la jornada electoral; imprimir documentos y producir los materiales electorales.
Asimismo, los OPL efectuarán, llegado el momento, el escrutinio y cómputos con base en los resultados de las actas de cómputo distritales y municipales; declararán la validez y otorgarán las constancias en las elecciones locales; implementarán y operarán el Programa de Resultados Electorales Preliminares, conforme a las reglas emitidas por el INE.
El órgano electoral que substituirá a nuestro públicamente desacreditado IEPCT, verificará el cumplimiento de la normatividad en materia de encuestas o sondeos de opinión; organizará, desarrollará y realizará el cómputo de votos, y declarará los resultados de los mecanismos de participación ciudadana.
El OPL supervisará, dice la nueva ley en la materia, las actividades que realicen los órganos distritales locales y municipales durante el proceso electoral; ejercerá la función de oficialía electoral respecto de actos o hechos exclusivamente de esa naturaleza.
Rendirá cuentas sobre su trabajo al Instituto Nacional Electoral, organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales; es decir, la elección del Presidente de la República, diputados y senadores que integran el Congreso de la Unión, así como organizar, en coordinación con los organismos electorales de las entidades federativas, las elecciones locales en los estados y el Distrito Federal.
La reforma constitucional en materia política-electoral aprobada por el Congreso de la Unión, así como por la mayoría de las Legislaturas de los estados, fue publicada el 10 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación. De ese modo se rediseñó sustancialmente nuestro régimen electoral.
Su objetivo principal es homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales y, así, garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral. El aspecto más sobresaliente de la reforma es la transformación del Instituto Federal Electoral en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE).
¿A usted le interesa ser consejero electoral? ¿Cree que llena los requisitos para tal efecto? Lea lo siguiente:
A las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 116, fracción IV, inciso c), numeral 2, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 100, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Décimo Quinto de los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la designación de Consejeros Presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, y deseen participar en los procesos de selección y designación a los cargos de Consejero Presidente y Consejeros Electorales del Organismo Público Local, en el Estado de Tabasco, a solicitar su registro y presentar su documentación de aspirante conforme a las siguientes bases:
1. Las solicitudes de registro de aspirantes a ocupar un cargo para el órgano superior de dirección del Organismo Público Local, se recibirán del 7 al 11 de julio de 2014, así como los días 14 y 15 del mismo mes y año, mediante el formato que estará disponible en las oficinas de las Juntas Local y Distritales Ejecutivas, de la Secretaría Ejecutiva y en el portal del Instituto Nacional Electoral (www.ine.mx), donde podrá revisar qué requisitos se piden.
2. La recepción de solicitudes, debidamente requisitadas, se realizará en la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, ubicada en calle Belisario Domínguez número 102, esquina Edmundo Zetina, colonia Plutarco Elías Calles, Villahermosa, Tabasco, C.P. 86100; en la Secretaría Ejecutiva del Instituto, ubicada en Viaducto Tlalpan Número 100, colonia Arenal Tepepan, Delegación Tlalpan, C.P. 14610, México, DF; o bien, en las Juntas Distritales Ejecutivas.
Un dato: de entrada, el paisano Andrés López Obrador descalificó al INE. Saque sus conclusiones. ¿En nuestra opinión esto es un gran avance? Sí. Sin duda.
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