(Publicado en el Diario Tabasco Hoy)
Acción de Inconstitucionalidad
Pareciera que en Tabasco los partidos políticos, aspirantes a contender en el 2012, constitucionalistas, municipios afectados, consejeros del IEPCT y la misma ciudadanía; están convencidos de que la distritación electoral será una realidad; aunque, habría que revisar, si jurídicamente es procedente o recae en acción de inconstitucionalidad. Partiendo que en el Congreso, hay estudiosos del derecho constitucional (Villegas y Valenzuela), extraña que "se hagan de la vista gorda" para no exhortar a correligionarios, en cuanto a que la reforma electoral, donde incluyeron la elección de diputados por representación poblacional y no territorial, podría ser consecuencia de invalidez ante la SCJN, al no haberse reformado primero, el artículo constitucional respectivo (13). O sea, hicieron caso al mandato, pero se convirtieron en "mentecatos desobedientes" a la regla disciplinaria del estado. Quieran o no, deberán enviar exhortativa al Ejecutivo para que la "deseche", evitando su publicación en el Periódico Oficial, regresándola de nuevo al Legislativo. Por su puesto; la oposición (PRD-PAN) espera como "agua de mayo", se publique para iniciar controversia ante la SCJN. Lo inverosímil, sería que el IEPCT, iniciase y contrate servicios profesionales ($) para delimitar demarcación distrital en municipios. Lo convincente para los Consejeros, supuestamente representantes ciudadanos o sea de los electores; es evitar esa acción de inconstitucionalidad, donde la SCJN les mandataría la suspensión de todo acto que contravenga a la norma constitucional, aunque la Ley Electoral, se haya reformado por mayoría simple, la Corte, ordenó dieran prioridad a una distribución poblacional, pero jamás ordenó al Legislativo, descuidar representatividad territorial, menos, hacer la distritación ¡a huevos! sin reformar la norma que rige al Estado de Tabasco. Si no hubo consenso en reformar la Constitución, lo viable hubiese sido que el PRI y paleros (PVEM, PT y Panal), hubieran dejado la representatividad territorial (17 municipios) y la poblacional, a través de las diputaciones de representación proporcional. Claro, rayar cuaderno, no es lo fuerte de Nando Morales, mejor "esperar instrucciones" y asunto que terminó. Aclaro, soy neófito del Derecho Constitucional, sólo es simple comentario del conglomerado (sociedad), al que jamás consensuan o más bien, les vale máuser ¿a qué población representan los 14 diputados plurinominales? Cuidado Castillo Suárez, puedes incurrir en una acción inconstitucional, si aceleras proceso de redistritación, sancionando la SCJN a ese instituto concejal "defensor" de la legalidad ciudadana. »ESPEJO DE LETRAS Al "toro por los cuernos". Mañana, integran comisión mixta CMIC (Ventura Priego) y Conagua (Mijangos Borja), para definir obras del Plan Hidráulico. Si no resulta trácala como "Karukai", corresponsabiliza a constructores tabasqueños en su ejecución ¿Será?
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