jueves, 21 de octubre de 2010

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IFE: Spots de AMLO no son actos anticipados de campaña
Por: Agencia | Fuente: Noticieros Televisa / NOTIMEX | 2010-10-21 18:06
Foto: NOTIMEX Fuente: NOTIMEX
IFE: Spots de AMLO no son actos anticipados de campaña
Sin embargo, el consejero presidente aclara que los promocionales de AMLO sí pueden considerarse ilícitos pues en ellos 'calumnia y denigra'; proyectos del IFE plantean no multar a Obrador por los spots

CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 21, 2010.- La Secretaría Ejecutiva del IFE tiene listo el proyecto de resolución sobre el procedimiento especial sancionador contra el ex candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador, que discutirá este viernes el Consejo General del organismo.

En entrevista el presidente consejero del Instituto Federal Electoral (IFE), Leonardo Valdés Zurita, adelantó que el proyecto de referencia establece que los promocionales del político tabasqueño no se pueden considerar actos anticipados de campaña.

Sin embargo aclaró que en el caso del spot en el que se usa la frase de 'la mafia' y a la que se le hace responsable por varios actos que considera ilícitos, se considera que hay denigración y calumnia y en consecuencia se impone una sanción al Partido del Trabajo (PT).

Valdés Zurita informó que los proyectos de acuerdo elaborados por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral (IFE) pueden ser modificados o confirmados por los consejeros.

En el caso de López Obrador indicó que desde la perspectiva de la Secretaría Ejecutiva, no tiene responsabilidad en el citado promocional, sino que recae en el partido.

Recordó además que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido como un criterio, y está en su jurisprudencia, que si una persona acusa a otra de un acto delictivo la está calumniando.

"Por lo anterior y de acuerdo con toda la doctrina jurídica, el acusar a alguien de formar parte de una mafia, entendiendo que ésta es conformada para delinquir, pues hay una criminalización y por ello se considera que hay un acto de calumnia", explicó.

Leonardo Valdés aclaró que toda vez que el Partido del Trabajo es el responsable de hacer la difusión del promocional, a esa organización es a la que se le sanciona.

Más adelante comentó que de aceptarse la resolución propuesta, se confirmaría el retiro del aire de los spots que se consideran denigratorios por el uso de la palabra 'mafia' y la desacreditación de la imagen presidencial.

Sin embargo se podrían reponer, si así lo decidiera el Partido del Trabajo, por aquellos en los que se promueve el llamado Proyecto Alternativo de Nación.

Sobre el motivo por el que se le pidió su declaración patrimonial a López Obrador, respondió: "Nosotros para imponer una sanción tenemos que tomar en cuenta la capacidad económica del infractor, por lo que como se trata de un ciudadano, pedimos la información de sus ingresos".

Detalló que se procede de esa manera para que en el caso de que resulte responsable se le fije una sanción, que deberá ser adecuada a su capacidad económica y no resulte desproporcionada.

El consejero presidente del IFE puntualizó que en el caso de los partidos "no pedimos esa información porque sabemos de su capacidad económica, en virtud de que somos quienes administramos el financiamiento público que ellos utilizan".

Valdés Zurita negó que el Instituto Federal Electoral tenga una actitud persecutoria contra el ex candidato presidencial tabasqueño y subrayó que "lo que hemos hecho es aplicar un procedimiento sancionador, en virtud de que hay una queja, pero todo el respeto para él".

PROYECTO DEL IFE PLANTEA NO SANCIONAR A AMLO

De acuerdo con los tres proyectos elaborados por la Secretaría Ejecutiva del IFE, el político tabasqueño Andrés Manuel López Obrador no será multado por los promocionales que en su favor se difunden en radio y televisión.

No obstante si el Consejo General del órgano electoral aprueba las propuestas, se le aplicarían dos multas al Partido del Trabajo (PT) por un total de 555 mil 580 pesos por denigrar la imagen de servidores y ex servidores públicos, entre ella la del presidente de la República.

Los proyectos sobre el procedimiento especial sancionador fueron elaborados por el secretario ejecutivo del IFE, Edmundo Jacobo, luego de que en la víspera compareció el político para presentar pruebas y alegatos ante el Jurídico del órgano electoral.

López Obrador fue citado para responder a las quejas presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) por los mensajes del PT que se difundieron mediante radio y televisión en tiempos de Estado.

De acuerdo con los documentos, el spot en el que aparece López Obrador difundiendo su Proyecto Alternativo de Nación forma parte de la libertad de expresión que tutela el sistema político jurídico nacional.

Sobre si es correcto que los partidos mencionen y promuevan en forma desmedida la imagen de personajes de la vida nacional, los proyectos señalan que "no están expresamente establecidos los alcances respecto a los contenidos que pueden emplear los partidos en su propaganda".

Por ello la mención de imagen o voz de cualquier elemento asociado a personajes de la vida activa nacional, en principio, no está prohibida, amén de que López Obrador no es un servidor público.

Por otra parte, la Secretaría Ejecutiva propuso que se aplique una multa de 373 mil 490 pesos y otra de 182 mil 90 pesos para el PT, por considerar que el spot conocido como 'La mafia del poder', denigra la imagen del Ejecutivo federal.

Lo mismo ocurre con las imágenes del gobernador del estado de México, Enrique peña Nieto, y la de la presidenta del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo
Morales.

En ninguno de los tres proyectos de sentencia que serán discutidos el viernes por la instancia electoral se señala si el PT podrá seguir difundiendo en sus promocionales de radio y televisión la imagen y mensajes del tabasqueño.

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